Hola.
Tengo un cliente al que le llego un mandamiento de intimacion de pago del fisco - juzgado fedceral contencioso porque se cayo un plan de pagos en diciembre de 2004.
Segun el siempre tuvo saldo en el banco y por algun motivo desconocido el banco no debito las cuotas desde diciembre de 2004 y que el no se dio cuenta prque era una suma infima $ 100 .
Ahora llega la intimacion porque llego un aviso en abril y no hizo nada.
Pregunto : la prescripcion creo que se suspende con la moratoria y comienza a correr a partir de la caida del plan, entonces, no estaria prescripto? la intimacion que la hicieron fue en abril de 2010 y la demanda tiene que haber sido con posterioridad a esa fecha, es decir que pasaron 5 años.
Por otro lado pregunto, si la demanda es en San Martin pero es federal, puede contestar abogado matriculado en capital o tiene que ser de provincia?
MUCHAS GRACIAS, ESPERO LA AYUDA!!!!
Tengo un cliente al que le llego un mandamiento de intimacion de pago del fisco - juzgado fedceral contencioso porque se cayo un plan de pagos en diciembre de 2004.
Segun el siempre tuvo saldo en el banco y por algun motivo desconocido el banco no debito las cuotas desde diciembre de 2004 y que el no se dio cuenta prque era una suma infima $ 100 .
Ahora llega la intimacion porque llego un aviso en abril y no hizo nada.
Pregunto : la prescripcion creo que se suspende con la moratoria y comienza a correr a partir de la caida del plan, entonces, no estaria prescripto? la intimacion que la hicieron fue en abril de 2010 y la demanda tiene que haber sido con posterioridad a esa fecha, es decir que pasaron 5 años.
Por otro lado pregunto, si la demanda es en San Martin pero es federal, puede contestar abogado matriculado en capital o tiene que ser de provincia?
MUCHAS GRACIAS, ESPERO LA AYUDA!!!!