Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Pregunta sobre recurso de casación CPPN

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #673527  por centenial
 
Gente, una consulta simple. Tuve un juicio oral que terminó con una absolución por duda, según surge la lectura de la parte dispositiva del fallo. Los fundamentos se leen en estos dias. Yo voy a recurrir en casación porque necesito que la absolución sea libre y no por duda a los fines de una cuestión civil que no viene al caso.

Las preguntas:
En la audiencia de lectura de fundamentos tengo que hacer alguna reserva de recurrir en casación??? Debo presentar algun escrito haciendo esa reserva con posterioridad a esa audiencia?? O bien, dentro de los 10 días directamente presento el recurso en el TOC?? Algo que tenga que tener en cuenta?? Recomendaciones???

Se aplica el codigo procesal de nacion.
Muchas gracias!!
 #673685  por lilianasarda
 
Hace la reserva.Siempre.Si te lo leen por secretaria, la pones al otro diao la llevas escrita y salis por un lado y laponesporel otro, que te pongan cargo, despues armas todo el item.Ojo, si en el debate no te proveen alguna cosa que pedis, solicita que coloquen en el acta la reserva sobre esepunto.Acordate siempre que el acta de debate es un resumen y todo lo que vos no hacesponer no lo ponen.Muchos dejan pasar los testigos, creyendo que lo que dicen va a figurar en el acta, error, solo figura en el acta el nombre del testigo y a veces sus datos personales, lo que el testigo dijo, no, a no ser que lo hagas poner que conste en acta. Lo mismo con tus protestas. Liliana
 #674124  por centenial
 
Muchas gracias Liliana. Simplemente para repasar:

La parte dispositiva ya la leyeron, y ahora solo restan los fundamentos.
Alternativa 1
Se constituye el Tribunal, me leen los fundamentos y ahi mismo digo que formulo reserva de recurrir en casación, es correcto?

Alternativa 2:
Me leen por secretaría los fundamentos y ahi hago la reserva??? O presento un escrito al toque? Ese escrito dice simplemente que formulo reserva de oportunamente recurrir en casación? (si tenes un modelito te lo agradecería muchisimo).
 #674476  por lilianasarda
 
Para la reserva tenes seis dias, lo que pasa que te la hago hacer en el momento para que no tengas que volver a llevar uan reserva nada mas,Se hace en todos los casos. Cuando vas arriba, tenes que adjuntar la reserva a los fundamentos, sino fuiste. Liliana.
 #674757  por centenial
 
Liliana (o si alguien mas quiere contestar es bienvenido), una pregunta mas y prometo no molestar mas con este tema, pero me quedó dando vueltas esto... tenes idea donde esta legislada la reserva de casación contra la sentencia definitiva? Porque originariamente la duda me viene a raíz de la reposición durante el debate donde el CPPN que sí manda a formular reserva.... Tambien ordena la reserva el codigo de provincia para este supuesto, pero me volvi loco estos dias tratando de encontrar algo sobre este tema en el codigo nacional.

Muchas Gracias!!!
 #674788  por lilianasarda
 
Buscala en laparte delos recursos. Tambien en algun libro sobre LaCasacion, tenes Dela Rua, esmuy largo o Delia, que saco uno bastante comodo.Bajalos por internet. Eso si queres ponerle el articulo, esta Planeta ius, o el Instituto deCiencias Penales de Bahia Blanca, que es espectacular.
 #674856  por centenial
 
lilianasarda escribió:Buscala en laparte delos recursos. Tambien en algun libro sobre LaCasacion, tenes Dela Rua, esmuy largo o Delia, que saco uno bastante comodo.Bajalos por internet. Eso si queres ponerle el articulo, esta Planeta ius, o el Instituto deCiencias Penales de Bahia Blanca, que es espectacular.
TE AMO