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  • Alimentos mayor de 18 años

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #674479  por solci777
 
Hola, Tengo una duda. Una persona con 18 años que jamás reclamo alimentos, puede iniciar un reclamo a sus 18 años?. Mi duda surge porque leí que desde los 18 hasta los 21 años pueden seguir percibiendo alimentos si ya los venía percibiendo con anterioridad. El caso que se me presentó es el de una chica, cuya madre nunca los reclamó, yo entiendo que si podría iniciar el reclamo con 18 años cumplidos, si bien se regirán por la limitaciones de la ley, es decir que su padre podría pedir el cese de los mismo si acredita que su hija puede proveerse de los recursos necesarios. Muchas gracias si alguien me puede ayudar.
 #674513  por ramiro
 
Los alimentos derivados de la patria potestad es en principio hasta los 18 años, ahora si esta estudiando hay ya bastante jurisprudencia que los extiende hasta los 25 en virtud de los pactos internacionales agregados a la C.N. despues de la ref. del 94.-
Ahora, tambien podes pedir alimentos derivados de las relaciones de parentesco, en el orden establedico en el art. 367, si no tiene recursos.-
Espero que te sirva, si necesitas jurisprudencia te la envio.
Saludos