Estimados:
Hace tiempo atrás un cliente mio tuvo un altercado en la vía pública que resultó en una pelea a golpes de puño.- Intervino la Policía pasaron la noche contando palitos en la Comisaría y al día siguiente fueron llevados a la Defensoría Oficial n° 11.- Se los acusó por Lesiones en Riña (Art. 95 CP (L 2303). Se los instó a realizar una "composición" pero ambas partes se negaron ya que se atribuían la agresión mutuamente.-
Yo no me dedico a hacer Penal pero en ese momento me presenté como su Abogado.- En el día de la fecha recibó cédula de notificación del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Justicia Penak, Contravencional y de Faltas que reza lo siguiente: "En virtúd del requerimiento de juicio, presentado por el Sr. Fiscal, córrase vista a la defensa de los Sres.... (mi cliente), por el término de cinco días, a efectos de que ofrezca pruebas y plantee todas las cuestiones que entienda deban resolverse antes del debate (Art. 209 del CPPCABA), para lo cual remítanse las actuaciones a la sede de la Defensoría Oficial n° 11, haciéndole saber a su titular que el plazo respectivo comenzará a computarse a partir de la recepción de las actuaciones en dicha sede. Asimismo, notifíquese al letrado particular mediante cédula de urgente diligenciamiento al domicilio constituído".- Fdo. Dr. Gabriel Eduardo Vega Juez.-
Agradecería me indiquen como debo proceder, SI TIENEN ALGÚN MODELO DE OFRECIMIENTO DE PRUEBA SERÁ BIENVENIDO... y cualquier otro dato que me pueda ser de utilidad será mas que agradecido!!!
Saludos y ofrezo reciprocidad para casos de accidentes de tránsito que son mi especialidad.-
Hace tiempo atrás un cliente mio tuvo un altercado en la vía pública que resultó en una pelea a golpes de puño.- Intervino la Policía pasaron la noche contando palitos en la Comisaría y al día siguiente fueron llevados a la Defensoría Oficial n° 11.- Se los acusó por Lesiones en Riña (Art. 95 CP (L 2303). Se los instó a realizar una "composición" pero ambas partes se negaron ya que se atribuían la agresión mutuamente.-
Yo no me dedico a hacer Penal pero en ese momento me presenté como su Abogado.- En el día de la fecha recibó cédula de notificación del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Justicia Penak, Contravencional y de Faltas que reza lo siguiente: "En virtúd del requerimiento de juicio, presentado por el Sr. Fiscal, córrase vista a la defensa de los Sres.... (mi cliente), por el término de cinco días, a efectos de que ofrezca pruebas y plantee todas las cuestiones que entienda deban resolverse antes del debate (Art. 209 del CPPCABA), para lo cual remítanse las actuaciones a la sede de la Defensoría Oficial n° 11, haciéndole saber a su titular que el plazo respectivo comenzará a computarse a partir de la recepción de las actuaciones en dicha sede. Asimismo, notifíquese al letrado particular mediante cédula de urgente diligenciamiento al domicilio constituído".- Fdo. Dr. Gabriel Eduardo Vega Juez.-
Agradecería me indiquen como debo proceder, SI TIENEN ALGÚN MODELO DE OFRECIMIENTO DE PRUEBA SERÁ BIENVENIDO... y cualquier otro dato que me pueda ser de utilidad será mas que agradecido!!!
Saludos y ofrezo reciprocidad para casos de accidentes de tránsito que son mi especialidad.-