Hola. Pido disculpas por el error que cometí al leer mal, el derogado es el juicio SUMARIO.
De todas formas, Carina30, creo que con mi respuesta no le falté el respeto a nadie, se lo pregunté, porque, en primer lugar, es muy común que en esta sección no entren profesionales, y aunque te sorprenda, más de una vez entraron no profesionales a consultar sobre amparos, sin saber que hacia falta ser profesional. En segundo lugar, pese a mi error en cuanto a la derogación, por lo cual estoy pidiendo disculpas, porque muchas veces, cuando uno no litiga, o no litiga en un fuero determinado, no está actualizado. O sea, se lo pregunté con todo respeto, y no con caracter despectivo, como vos lo hacés en este momento hacía a mi. Si querés respeto, trata con respeto a los demás. Precisamente, como es un espacio entre profesionales, creo que no hace falta dar una clase de procesal const.
Por otra parte, la ley de amparo, preve un proceso determinado para el mismo.
No todos los jueces federales aceptan cualquier via para este tipo de pretensiones, algunos, incluso, ni siquiera te aceptan el amparo que es el más amplio.
Fijate que en cuanto a lo que es rol subsidiario o no de la via.
Siempre la más amplia es el juicio ordinario. Le sigue el amparo, la mere declarativa (supongo que a esta se refiere como sumarísima) y por ultimo, consideraría yo la autosatisfactiva, medida con la cual, ni los más grandes procesalistas están de acuerdo. Esto lo digo como rosarina, y acá, por ejemplo, tenemos a Alvaro y a Peyrano, con posturas diferentes al respecto. Fijate que para una autosatisfactiva, ya no basta solo la verosimilitud en el derecho, sino que hay que tener casi una certeza diría yo del derecho pretendido.
Acordate que el amparo, para muchos autores es viable, siempre que no exista una via más idónea, o sea que el juez puede transformarlo o no en una acción mere declarativa, o, como vos decís en una autosatisfactiva. Ejemplo claro "Aguas de Formosa S.A." donde se transforma el amparo en mere.
Pero, te hago una observación, fijate que en el caso de la mere, se exige que no exista otra via procesal, ergo, mal podrías transformar una mere en amparo... no te parece?
La brecha, para mi se acota aún más en las autosatisfactivas, que tenés que demostrar casi una certeza en el derecho.