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  • Está extinguida la relación laboral?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral

 #67634  por DAL
 
Carcas: vos te imaginas que la retención de tareas es tipo "huelga en el lugar de trabajo", no es cierto???.
PUes no, el trabajador se queda en su casa. Hay cosas que no puede hacer, por ejemplo, formalizar otro contrato de trabajo, pero en general se queda en su casa y los días corren a cargo del empleador, siempre y cuando el juez convalide la retención de tareas.

Hay temas y temas por los que hacer retención de tareas. Y uno crucial me parece a mi el tema del seguro: si yo me lastimo en el trabajo no me cubren porque no estoy anotada. Clave en tu caso que la tenes como domestica y no tiene ART. Distinto sería si hiciera retención de tareas porque esta anotada como maestranza y es encargada, por ejemplo, donde debe trabajar ya que en la prestación en si misma el defecto de registro no le ocasiona perjuicio. Aca yo estimo que deberá trabajar por lo menos hasta que el empleador se pronuncie por el no cambio de categoría o venzan los 30 días.

Ahora caigo en que sos un particular consultado sobre un tema propio. Como verás es MUY IMPORTANTE asesorarse con un abogado que te saque la información pertinente y no guiarse por la que vos suministras. Yo se que a mucha gente le pareció mal que muchos hayamos dispuesto no asesorar a particulares, salvo alguna cuestion muy puntual (MEA CULPA: YO CAÍ) pero casos como el tuyo vienen JUSTO para servir de ejemplo a POR QUE NO ASESORAR A PARTICULARES, ya que te orientamos guiándonos por tus datos, y tal vez vos actuaste en consecuencia a nuestros consejos: Y ya que la info que pasate estaba incompleta en un tema CRUCIAL que a ningun abogado se le hubiera pasado leyendo los telegramas, te dimos asesoramiento errado para tu situación particular. Y los perjuicios pueden ser muy importantes . . . adiviná para quien??? para vos . . . y en este tema esto es PLATA y de tu bolsillo.

Estamos???
Por eso no es mala onda cuando te digo CONSULTA Y HACELE CASO A TU ABOGADO. ( y si no te gusta buscá otro)

Suerte!!

 #67643  por Sailaw
 
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 #67644  por carcas
 
DAL, yo solamente pedí una opinión para tener otro punto de vista que el de mi abogado, que en realidad no lo conozco tanto ya que tuve que buscar un profesional en la zona (y no hay muchos) que se encargara de este tema, de un día para otro.
Tengo el suficiente sentido común para no "endilgarles"a ustedes el resultado de mis decisiones, es más, les agradezco mucho todas las respuestas y el tiempo que dispusieron para ello. En definitiva, seguramente voy a hacer lo que me diga mi abogado, pero siempre ayuda tener otra opinión.

Nuevamente gracias por todo.

 #67651  por DAL
 
Tordo esto me pasa por olvidarme de tu post . . .

 #67658  por Ishtar
 
DAL escribió:Tordo esto me pasa por olvidarme de tu post . . .
Adhiero :?