Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • INCID. AUMENTO ALIMENTOS RECONVIENE POR SUSTITUC. DE TENENCI

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #676432  por jorgefelix
 
Estimados Colegas:
Tengo un cliente al que le han iniciado incidente de aumento de cuota alimentaria. La madre tiene la tenencia de sus tres hijos. El padre (alimentante) quiere sustituir la tenencia y adquirirla el. Los hijos de 15 y 12 años estan de acuerdo en ir a vivir con el padre. La demanda esta presentada y proxima a ser notificada. El tema es reconvenir y hacerse cargo de la tenencia y alimentos de los dos hijos. La audiencia esta fijada para Marzo.
La pregunta es:
1) Notificada la demanda, a continuacion debo contestar reconviniendo?
2) No contestar y esperar para plantear in voce la sustitucion de la tenencia en la audiencia?
3) Otra alternativa que se les ocurra.
Desde ya muchas gracias. Espero consejos.-
 #676440  por diegogvillamayor
 
si los menores viven con la madre no podes reconvenir nada. Podes hacerlo cuando vivan con el padre.
Por lo cual yo presentaria un escrito manifestando todo esto y solicitando que en esa audiencia se oiga a los menores y se determine algo con respecto a la tenencia.
Igual si te notifican de etapa previa ahi no reconvenis nada, lo haces cuando te trasladan la demanda.
 #676493  por jorgefelix
 
Gracias diegogvillamayor:
Se me ocurre (como vos decis) a partir de recibir la notificacion de demanda en la cual solicitan el aumento de la cuota alimentaria, contestar planteando a cambio de alimentar pagando a la madre, hacerlo directamente a los niños en virtud de convivir con su padre. Pienso que si lo hago de esta manera ya quedaria todo planteado para ser tratado en la audiencia a efectuarse. En el mismo escrito ofrecere el testimonio de los menores. No tengo idea si esto se llama "reconvenir", pero me parece que estamos de acuerdo en el tramite.
Lo que escribiste: "si los menores viven con la madre no podes reconvenir nada. Podes hacerlo cuando vivan con el padre." No me queda claro.
 #676817  por diegogvillamayor
 
a ver, si los menores viven con la madre el padre no puede pedir alimentos,
como te dicen inicia la tenecia y ahi se resolvera todo.
si te toca un tribunal coherente y hay pocos, en la audiencia de alimentos podras tratar el tema de la tenencia.
pero si la otra parte no quiere no podras.
tambien hay q ver los motivos x los q los hijos quieren estar con el padre.....
 #676818  por diegogvillamayor
 
a ver, si los menores viven con la madre el padre no puede pedir alimentos,
como te dicen inicia la tenecia y ahi se resolvera todo.
si te toca un tribunal coherente y hay pocos, en la audiencia de alimentos podras tratar el tema de la tenencia.
pero si la otra parte no quiere no podras.
tambien hay q ver los motivos x los q los hijos quieren estar con el padre.....