Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • impuesto a la herencia

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #676504  por SOL DE OTOí‘O
 
Sabido es ya que en pcia ya rige el impuesto a la herencia y que hay una hermosa tablita a aplicar dependiendo del monto a transferir
¿alguien sabe como se paga ese impuesto? quiero decir ¿en que formulario y como se lo menciona?
 #684043  por 33011960
 
la respuesta fue muy simple pero cuando va hacer es de cumplimiento imposible, ademas por el tema de fondo. Desde que fecha del fallecimiento, de la iniciacion del expediente , que pasa con la denuncia de nuevos bienes, a los automotores se le aplica el aumento de 2,56 a pesar de que su tasaciòn es real ??? y asi puedo llegar al infinito pòr que los sucesorios son expedientes, cuestiones universales que siempre una difiere de la otra y con la legislacion que se dicto donde para buscar se va de una ley de otro tema pero busca desde el articulo tal al tal y continua considero que por ahora y en esto estan de acuerdo los abogados que trabajamos en esto, como los juzgados que nos dicen no sabemos aplicarlo, o el Registrode la Propiedad que devuelve las sucesiones , que los colegios de abogados deben tomar cartas en serio en el asunto y formar dentro de la caja personas idoneas que traten de ayudarnos en el caso concreto ademas de intervenir en el tema de fondo y es que es un ley mal hecha y de imposible cumplimiento. Saludos Luisa Egli