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  • ALIMENTOS-AUDIENCIA-ART 48 CPCC

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 #677128  por carpediem777
 
Buenas jóvenes colegas, a ver si alguien me orienta con esto...los ubico en tema: demanda de alimentos, audiencia del 636, me presente SIN mi representado que es el demandado (alimentante), porque estaba trabajando en otra provincia, por lo cual estando todos menos él, se hizo un acta ante la consejera de flia y se puso fecha para otra audiencia...en esta audiencia a la que concurrí, me presente en el acta y la consejera me pregunto si, como no estaba mi cliente, lo hacia en razón del art 48 (gestor) y obviamente dije que si...firmamos y nos fuimos....

Ahora bien...en la segunda audiencia...a la cual sí iré con el demandado, como me acredito????????? tengo que presentar algo?????? simplemente voy con el demandado y se ratifica la audiencia anterior?????????? tengo que pagar bono y ius????????? llevar la contestacion????????
Igual mi cliente esta en un todo de acuerdo con los reclamos...... COMO ES??????????????????????

Nunca lo hice...alguien que me de una mano por favor...!!!!!!!!!!!