Queridos colegas, como habrán leído en el decreto que reglamenta la ley de mediación en provincia; los únicos que entrarán con la actualización directamente al Registro de Mediadores (SIN RENDIR EL EXAMEN) serán aquellos que se hubieren matriculado en los Centros de Mediación con antelación a la sanción de la ley 13951 (art. 35). Se que a algunos les habré arruinado el domingo, pero, señores, es así. Entonces, en que situación quedaremos aquellos que nos hayamos matriculado después del dictado de la ley (Enero/2009) cuando nos colocaron en igualdad de condiciones obligándonos a cursar la actualización??. Estaremos en la misma situación que los colegas del básico?. Realmente me parece muy injusto y arbitrario!!!
Por favor opinen!!
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Vocación.... así me gusta llamar a mi profesión!