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  • NOTIFICACION EN CASILLERO: a partir de cuando cuento el plaz

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 #66286  por Galatea
 
Hola estimados colegas:
Por favor alguien podría despejar la siguiente inquietud: cuando llega una notificación al Casillero; a partir de allí comienza a correr el plazo procesal ó corre a partir del momento en que la retiro??

Agradezco muchisimo su ayuda.

Saludos,
Claudia Emma

 #66292  por Sailaw
 
Comienza a partir del dia siguiente a la notificación, pero no es un tema de casillero o estudio, es un tema de domicilio legal!!!!!!!

 #66304  por lorenam
 
hola siempre es desde que te notificastes empieza a correr el plazo
Suerte
Lorena

 #67052  por MARINAC
 
Hola , es a partir de que dejan la cedula en el casillero . El casillero es tu domicilio legal y ese dia notificaron los oficiales .

 #67708  por maria0
 
Tene cuidado con el casillero que contratas! Que siempre te pasen las cedulas o te avisen en el momento!!!

 #67756  por estudiolaw
 
No es apartir del día sguiente que te notifican, a partir de ahí comenzá a contar el plazo, ojo que se modificó en provincia respecto a los feriados.

 #67775  por maria0
 
estudio law, por favor podrias decir cual es la modificacion de los feriados? Gracias
Y como que no es a partir del dia siguiente? Si tengo 5 dias por ej., esos 5 dias se cuentan a partir del dia siguiente. :shock:

 #67780  por Sailaw
 
Se comienza a contar a partir del primer dia habil que sigue a la notificación, así por ejemplo si se me notifica un viernes, se comienza a contar a partir del lunes que sería el primer día.

 #67781  por Sailaw
 
Eso que digo es del CPCC Nacional, si se modifico en Provincia no lo se, pero no creo.

 #67790  por maria0
 
Tal cual en pcia... No se por que estudiolaw dijo de contar a partir de ese día...

 #67795  por Sailaw
 
Pues no se, hagamos un repaso.

Las notificaciones pueden ser por notificación (a constituido o a real según el caso) o por nota.

Cuando es por cedula, se comienza a contar a partir del primer dia habil posterior a la cedula,

Cuando es por nota, se considera notificado el primer martes habil o viernes habil (lo que esté mas cerca), y a partir del siguiente día habil se comienza a contar.

Cuando decimos habil, quiere decir que no sea feriado, o declarado inhabil por cualquier motivo por la Cámara.

 #67865  por estudiolaw
 
Tal cua me exprese mal, es a partir del proximo día habil