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 #284593  por Mordisco
 
Este fallo es meduloso
LOCACION DE OBRA. ACREDITACION

Nuestro código no exige forma especial alguna para celebrar el contrato de locación de obra, rigiendo el principio de libertad consagrado por el art. 974 del Código Civil, de manera que puede ser hecho por escrito, verbalmente y aún en forma tácita. La prueba, al igual que la forma, está sometida a las normas establecidas para los contratos en general, por lo que deben probarse mediante la forma escrita, no siendo admisibles los testigos ni las presunciones -habiéndo perdido actualidad la referencia a los contratos inferiores a $ley 10.000- contenida en el art. 1193 del Código Civil. Sin embargo, el rigorismo de ese principio no rige cuando mediare imposibilidad de obtener la forma escrita, existiere principio de prueba por escrito o principio de ejecución del contrato (conf. arts. 1191, 1192 y 1627 del Cód. Civ.).

Autos: BARRERA, DESIDERIO I. c/SARALNAGA, BLANCA J. Y OTRO s/COBRO DE PESOS - Nº Sent.:48915- Magistrados:STAVO BOSSERT - Civil - Sala F - 31/07/1989
Con un codigo civil comentado analiza los articulos de referencia arts 974, 1191, 1192 y 1627
 #284664  por DAL
 
Podrías iniciar alguna medida previa que tengas en tu jurisdicción. A un cliente del estudio le iniciaron un PREPARA VÍA ORDINARIA a fin de que absuelva posiciones y presente documental. Se pidio además, una medida de seguramiento de pruebas, y esta resultó ser la clave del acuerdo posterior, con constatación de los trabajos existes, que pormenorizadamente el actor había descripto. Inclusive ofrecio un punto donde debía constatarse por dentro de la pared un trabajo. En este caso el actor era yesero, y había realizado un taparrollo entre otras cosas, que tenia caños ocultos por dentro. Ofreció como prueba constar una inscripción en este caño oculto a la vista dentro del taparrollo. De hecho ofreció un sobre cerrado donde se encuentra "la frase" que estaría escrita en ese caño interno.
Ante el horror que le produjo a mi cliente este ofrecimiento . . . .arregló volando por supuesto, luego de bajarle las pretensiones al actor hasta numeros más o menos reales.
Quedamos con la duda de que frase tendría escrito el tan mentado caño . . . ."PAGAME LO QUE ME DEBÉS" es la especulación más firme.
 #678527  por draema
 
Estimados Colegas, soy nueva en el uso del portal, muy bueno todo el análisis realizado en incumplimiento del comitente en la locación de obra! a quienes hace poco tiempo que empezamos a ejercer la profesión nos resulta d gran utilidad! saludos!
 #678554  por Tiburcio
 
¿$600?
¿De hace cinco años?
¿Es un ejercicio del práctico de la facultad?
"De minima non curat pretor"!
 #954116  por ataale
 
Muy bueno todo lo que lei, justo lo que necesito. Mi cliente le paso un presupuesto a un señor de 12.000 pesos para arreglar su casa. Trabajo dos meses y el señor no le quiere pagar. Entonces mando carta documento intimando a que pague el precio si no le inicio un incumplimiento de contrato x locacion de obra. Es asi no?
 #1105265  por nlopez
 
Buenas tardes, soy nuevo en la pagina, no se si esta bien publicar acá, tampoco se como crear un nuevo tema, quisiera saber si alguien me puede facilitar un modelo de demanda de cumplimiento de contrato, es un flaco que iba a realizar unas ventanas en una casa, se le entrego la mitad del dinero, por lo cual entrego un recibo firmado que dice "seña", y desaparecio, ya se le envio una CD, y ahora hay que iniciar la demanda, les agradezco las respuestas.