Hola a todos, tengo una duda respecto de una jubilación que me llego para hacer,el tema es el siguiente se trata de un hombre de 72 años de nacionalidad chilena el cual nació en diciembre de 1939 y en el año 1957 cumplió los 18 .El Sr.vino a argentina en 1977 e inmediatamente comenzó la tramitación de la nacionalidad la cual le fue otorgada recién en 1985.Ahora mi problema es el siguiente,lei que hay un convenio con Chile por lo que podría traer aportes que el Sr.tiene en Chile(10 años y 3 meses) pero charlando con otro colega me comenta que va a ser mas fácil gestionarle una jubilación ordinaria,es decir,tomar desde que cumplió 18 años hasta el año 93 y comprar los aportes para reunir los 30 años que se requieren pero esto me genera la duda de que voy a comprar periodos donde el Sr. todavía no había ingresado al país por lo que pienso que no es posible realizar la liquidación de esa forma, estoy en lo correcto? o podría aun así comprar dichos años?.Espero que se entienda y cualquier ayuda me vendría bien.Gracias
hola:
Para los extranjeros se cuenta desde el ingreso al pais (o desde los 18 años) . No desde la fecha de residencia.
Tendrias que buscar pruebas para probar ese ingreso y que puedas tomar todos esos años para tu sicam.
slds.
Flor
