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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #678720  por susanac
 
Necesito si me pueden aconsejar, les cuento en diciembre del año pasado se presento un Sr. a la udai y les dijeron que no ocupe a ningun abogado o gestor que ellos les hacian todo para que el se jubile , el sr. tenia 31 años de servicios como capataz y encargado rural y los ultimos 5 años se fue de la estancia por motivos de salud y pago el monotributo. no se porque le computaron 31 años y 5 meses solamente (eran 36 años todos certificados)y el haber jubilatorio es el minimo .- como sabran el sueldo de encargado rural es bastante bueno y capataz lo mismo, el Sr. re-mal me consulto y lo envie a un colega que se dedica hacer reajustes que despues de haber agotado todo lo adminisrativo se va derecho a tribunales .- la consulta es , porque ahora tengo un caso que puede tener el mismo inconveninte ya que en la udai solo evaluan los ultimos 10 años y de ahi no se que programa o que es lo que toman para dar con el haber jubilatorio pero quisiera saber si hay alguna manera de presentar el tramite y que se tome todo o los mejores haberes o que se haga de manera que la persona no sea perjudicada por cualquier computista que no tiene ganas de cargar como corresponde los distintos sueldos .- El Sr tiene 20 años trabajados en tareas preferenciales
y los ultimos 10 años monotributo .- con lo que el se´puede jubilar ya que los 20 años de tareas prefenrenciales ya estaria para dar inicio pero la duda es que solo le tomen el monotributo para su futuro . Si tienen algun consejo como puedo presentar este tramite o si hay alguna observacion para despues hacer algun recurso administrativo, o solo rezar que le toque alguien con ganas de trabajar y ponga todo lo que debe . que tendria que hacer por mi parte . gracias
 #678751  por MARIO1943
 
SI LOS ULTIMOS 10 ANOS SON EL MONOTRIBUTO, NO HAY VUELTA QUE DARLE, VA CON LA MINIMA, YA QUE EL APORTE DEL MONOTRIBUTO, COMPONENTE AUTONOMO
ES UNA SUMA FIJA DE $35 Y AHORA ES DE $ 110 A PARTIR DE ENERO DEL 2010
 #678760  por andrea1982
 
Hola. Los ultimos 10 años son en relación de dependencia, lo de autonomos o monotributo se toma todo, y se hace un cálculo teniendo en cuenta ambos servicios, lamento no compartir la opinión de mario.
De todas formas, es probable que quede en la minima, sin perjuicio de corresponderle reajuste.
 #678773  por MARIO1943
 
andrea1982 escribió:Hola. Los ultimos 10 años son en relación de dependencia, lo de autonomos o monotributo se toma todo, y se hace un cálculo teniendo en cuenta ambos servicios, lamento no compartir la opinión de mario.
De todas formas, es probable que quede en la minima, sin perjuicio de corresponderle reajuste.
El Sr tiene 20 años trabajados en tareas preferenciales
y los ultimos 10 años monotributo
DICE QUE TIENE 20 ANOS EN TAREAS PREFERENCIALES Y LOS ULTIMOS 10 ANOS COMO MONOTRIBUTO
CON ESTO SE ENTIENDE QUE TUVO 10 ANOS EN RR.DD. Y LOS ULTIMOS 10 ANOS COMO MONOTRIBUTISTA, NO VEO SUPERPOSICION, PARA QUE SE TOME EL COMPUTO DE AMBOS
 #678787  por andrea1982
 
No tienen que estar superpuestos, se toman los 10 de relación, y todolo de monotributo y autonomos que tenga. Porque se toman por separado, esten o no superpuestos.
 #678798  por susanac
 
gracias por las respuestas , no estan superpuestos primero esta lo de tareas preferenciales y luego monotributo , que barbaridad ... nada vale para mejorar el haber ... encima hacen los computos y siempre dan la minima despues uno va a la justicia y ahi si ... pero mientras tanto las gente no llega a comer con lo que ganan encima aportaron bien en su momento .. bueno sigo pensando que pueda ver alguna opcion para iniciar lo mejor posible . gracias
 #678804  por hugo2
 
susanac escribió:gracias por las respuestas , no estan superpuestos primero esta lo de tareas preferenciales y luego monotributo , que barbaridad ... nada vale para mejorar el haber ... encima hacen los computos y siempre dan la minima despues uno va a la justicia y ahi si ... pero mientras tanto las gente no llega a comer con lo que ganan encima aportaron bien en su momento .. bueno sigo pensando que pueda ver alguna opcion para iniciar lo mejor posible . gracias
Que tal, de donde sacaste que el sueldo de encargado rural es bueno ???????????
 #678829  por andrea1982
 
Hola. No es que estén mal hecho los cómputos en si, ni que no le hayan tomado en cuenta los haberes en relación de dependencia, dudo que ANSeS comenta tal barbaridad, si lo hiciera, no sería necesaria ir a la justicia, ya que se trataría de un error material.
El error está en los índices de actualización. Lo que tenés que ver es si realmente los sueldos era buenos y vale la pena hacer el juicio (yo por ejemplo me quito la duda haciendo el cálculo con bluecorp), además, entiendo que teniendo tantos años de monotributo, le reduce en mucho el haber.
Saludos!
 #678835  por periquita
 
andrea1982 escribió:Hola. Los ultimos 10 años son en relación de dependencia, lo de autonomos o monotributo se toma todo, y se hace un cálculo teniendo en cuenta ambos servicios, lamento no compartir la opinión de mario.
De todas formas, es probable que quede en la minima, sin perjuicio de corresponderle reajuste.
Coincido con andrea1982
Saludos
 #678849  por MARIO1943
 
andrea1982 escribió:No tienen que estar superpuestos, se toman los 10 de relación, y todolo de monotributo y autonomos que tenga. Porque se toman por separado, esten o no superpuestos.
ANDREA SEGUN LA PRESTACION COMP. NO SE DEDUCE LO QUE VOS DECIS

HABLA DE APORTES SIMULTANEOS Y CUANDO S E COMPUTAN SUCESIVAMENTE APORTES EN RR.DD. Y AUTONOMOS,(QUE SERIAN UN FRANJA DE PERIODOS DE RR.DD Y OTRA DE AUTONOMO PEROS SE ENTIENDE , EN LOS ULTIMOS 120 MESES Y AHI SI S E SUMAN)
Y ACA NO VEO , PERIODOS SIMULTNEOS NI SUCESIVAMENTE APORTES DE RR.DD. Y AUTONOMO, SOLO S E VEN LOS PERIDOS DE MONOTRIBUTO
ESA ES MI INTERPRETACION,

Prestación Compensatoria (PC)
Para los trabajadores en relación de dependencia: el haber será equivalente al 1,5% por cada año de servicios con aportes, o fracción mayor de seis meses, hasta un máximo de treinta y cinco años, calculado sobre el promedio de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, actualizadas y percibidas durante el período de ciento veinte meses inmediatamente anteriores al cese en el servicio, a la extinción del contrato laboral o a la solicitud de beneficio, lo que ocurra primero.
Para los trabajadores autónomos: el haber será equivalente al 1,5 % por cada año de servicio con aporte, o fracción mayor de seis meses, hasta un máximo de treinta y cinco años, calculado sobre el promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistó el afiliado, teniendo en cuenta el tiempo con aportes computado en cada una de ellas.
También puede ocurrir que se computen sucesiva o simultáneamente servicios con aportes en relación de dependencia y autónomos: en este caso el haber de la prestación se establecerá sumando el que resulte para los servicios en relación de dependencia y el correspondiente a los servicios autónomos. Si el período computado excediera de treinta y cinco años, se considerarán los treinta y cinco años más favorables.
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 #678858  por andrea1982
 
Hola Mario1943, fijate que los ultimos 120 meses solo se aplica a los aportes en relación de dependecia, y los servicios autonomos (simultaneos o no) se computan todos, si tenés aportes en RRDD y aportes autonomos, se cálculan ambos, o sea, el promedio de las remuneraciones de los ultimos 120 meses, y el promedio de todos los años aportados de autonmos (acá no rige la regla de los 120 meses) y se calcula, proporcionalmente el haber.
Fijate, por ejemplo, el inc.b y c del art. 24
Saludos