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  • Propiedad intelectual_ Obras inéditas y Obras publicadas

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 #679389  por Aquileios
 
Hola, tengo esta duda referente a la propiedad intelectual (no industrial) y su registro en la institución dedicada a ella que es administrada por el Ministerio de Justicia.

En mi país, Argentina, la propiedad intelectual no industrial está categorizada en obras inéditas por un lado, y obras publicadas por el otro. Las primeras, que corresponden a toda obra no publicada o exhibida, se registran por iniciativa personal, las segundas en cambio, tienen estipulado el trámite de registro como medida obligatoria.

Ahora bien, tengo en mi haber una situación que me parece que no ha sido bien contemplada por estas disposiciones categóricas, que es la de poseer una obra, un texto, escrito en un sitio de Internet, que no cuenta con ningún tipo de aval y protección de mis derechos de autor sobre el mismo, ni siquiera una virtual (como CommonCreative o SafeCreative). Esto se debe más que nada a su naturaleza particular, ya que no son textos publicados en blogs, en cuyo caso estarían contemplados directamente como obras, sino que son textos publicados en foros, en diversos comentarios que he hecho en las conversaciones.

Obviamente, aclaro, no se trata de conversaciones comunes y corrientes, y tales comentarios se introducen profundamente en el análisis de materias intelectuales, de modo que llegan a constituir ensayos y redacciones complejas, que tienen considerable valor y la aptitud como para ser publicados.

Ahora bien, legalmente y desde el punto de vista de las instituciones que registran la propiedad intelectual, ¿no están publicados ya? ¿Entran en la categoría de obras inéditas o en la de obras publicadas? ¿No será que si bien no es aclarado, el concepto de "publicar" excede en este ámbito jurídico a las publicaciones en Internet, por el rasgo particular de que no se dejan manipular y regular fácilmente por las instituciones, o porque son presentados en general en condiciones de anonimato, asociándose a cuentas virtuales, y no a personas?

Además, ¿ante la mirada de las instituciones podrían ser considerados indignos de ser registrados nada más por presentarse en el formato de comentarios de un foro, aun cuando presentan todos los rasgos propios de una obra y una redacción hecha y derecha? Creo, o espero, que lo más probable es que no sea así.

Y si se los considera obras publicadas, ¿que hay de la obligatoriedad de su registro? ¿Está relegada por la excepcionalidad del caso?

Estas son todas las inquietudes que quiero exponerles, ahora a esperar sus respuestas.