Colegas: mi clienta es perito martillera y tiene que rematar un bien. La cuestión radica en que el bien se encuentra con una medida cautelar y el juez ordena notificar al juez inhibiente. El juzgado nos permite notificar al juez inhibiente y quiero saber si dicha notificación es a través de un oficio (creo es ´este) o cédula.
Agradezco sus comentarios!!
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