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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #681544  por gasyfer
 
Hola, les escribo para consultarles de que forma se podria hacer que la madre de mi mujer (estamos casados legalmente) nos venda un departamento de los que tiene. La cosa es que no tenemos el dinero suficiente para comprarlo y queremos ir pagandole como podamos por mes por un muy largo tiempo. La cosa es que mi mujer tiene dos hermanos adultos, ellos tendria que firmar algun tipo de consentimiento o algo ? Que pasa si el dia de mañana mi suegra no esta mas ? les corresponderia esta propiedad a sus hermanos tambien ?

Muchisimas gracias !
 #681662  por josimag
 
Mientras hagas una compraventa, no hay problema. Sólo si hicieras una donación requerirías la firma de los dos hermanos de tu mujer (por ser herederos forzosos estos).
 #681682  por cfg
 
Te recomiendo que veas un abogado personalmente, no es tan así como indica el anterior posteante
 #681980  por gasyfer
 
Ok igualmente sigo esperando respuestas, lo que se me ocurre es que mi suegra me venda el inmueble a mi y automaticamente mi mujer tendria el 50 % de la propiedad y hacer algun tipo de compromiso de pago de xxx cantidad de dinero por mes. En ese caso safo de mis molestos cuñados ????
 #684226  por josimag
 
Hacés una compraventa donde tu suegra (si es capaz y está en pleno uso de sus facultades) les transmite el 100% del inmueble a vos y a tu mujer. No hay impedimento alguno para ninguna transacción ya que la autonomía de la voluntad rige al derecho privado, ni aún haciendo una donación, que es un acto perfectamente válido, sólo que te exponés a que luego, los demás herederos forzosos ataquen ese acto por ser a título gratuito. Por ende, para lograr una certeza en ese derecho se hacen compraventas, que son actos a título oneroso y evitás cualquier ataque luego.

Distinto es el caso si ese bien no es sólo de tu suegra (y quizás a esto se refiere cfg). ¿Ella es viuda? Si es viuda del padre de tu esposa y sus hermanos, ahí no te queda otra que requerir la firma de los demás, también para la compraventa, porque son herederos y tienen que dar el consentimiento. Si aún no iniciaron la sucesión del padre, deberán hacerlo y llegar a la declaratoria de herederos para por fin, poder transmitir por tracto abreviado.

Te contesto porque me gusta el tema, pero me parece un poco ridículo de tu parte, que en vez de afrontar el tema seriamente yendo a consultar a un abogado y/o escribano, recaves opiniones en un foro.

Saludos
 #684303  por cfg
 
yo hablaba de ver que no se aplique el 3604, qué precio se pondría a la venta, qué posibilidad de demostrar la realidad del precio, etc. por una posible acción de simulación con la que se podría atacar la venta.
Y -además- la falta de seriedad de plantear este tema (es decir la compraventa de un inmueble) por este medio sin ir personalmente a un abogado para poder llegar a la mejor solución para el consultante.
 #686000  por josimag
 
Sí, en eso coincido totalmente cfg. Es poco serio y perjudicial para él mismo.
Más allá de que es cierto lo que decís, todos en la práctica sabemos que es bastante improbable que se ataque un acto a título oneroso. Yo trabajé tres años en una escribanía y hemos hecho incontables compraventas en estas condiciones. Y en última instancia, es un riesgo (poco probable, en mi opinión) si quiere transmitir el inmueble sí o sí. De lo contrario, en estas condiciones, que desista y adquiera otro inmueble extraño a la relación familiar.
Nosotros tenemos que dar respuestas concretas a problemas concretos en situaciones determinadas. Más allá de que en este caso no estamos de acuerdo con la consulta vía foro en vez de personalmente a un abogado, si gasyfer fuera mi cliente, le aconsejaría lo que dije.

Saludos