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  • le falta un mes para los 30, es RTI, le puedo hacer Monot?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #681923  por MARIO1943
 
arandu escribió:Aunque para completar los 30 años, podrias hacerle el SDM. Seria como jubilarlo. Anses deniega y Carss te lo otorga despues. Es lo que escuche, pero a mi no me consta . No tengo conocimiento fechaciente de ello.
FINES DE NOVIEMBRE DEL 2009, EN EL COLEGIO D E ABOGADOS DE MORON, LA CARSS Y LA UDAI D E MORON, RATIFICARON LA COMPRA D E SDM EXTEMPORANEO PARA LLEGAR A LOS 30, EN LOS CASOS DE PENSIONES Y RTI, LA UNICA DIFERENCIA QUE HAY AHORA , QUE A ESA FECHA NO HABIA DADOR NI PAGO DE INTERESES
 #682546  por Aimael
 
chicos gracias por preocuparse y tirarme una respuesta, su fecha de nacimiento es 10/08/1947! la mayoria de edad en 1965, sicam desde 01/09/1965-30/09/1993, completa con rrdd pero le faltan 2 meses!
 #684947  por mariae
 
yo le pagaria como monotributo, he presentado RTI de monotributistas con 3 años de aportes que nunca habian presentado la DJS y ante el requerimiento de anses de presentarla manifeste que mi cliente no la tenia y adjunte una declaracion policial en la que se puso que en su oportunidad habia cumplido con la presentacion de la misma, pero que la habia extraviado, y salio acordada
 #684957  por noelin
 
NUNCA TUVE PROBLEMA HACIENDO LE INSCRIPCION EN MONOTRIBUTO, JAMAS LOS REVISARON, Y SE JUBILARON CON 12 O 18 APORTES. SI NO ESTAN JUBILADOS, DE ALGO TIENEN Q VIVIR, Y SI TRABAJAN DEBEN APORTAR. HAY UN TIPO DE MT TEMPORARIO. SI ES POR SOLO UN MES.
 #685680  por arielruiz86
 
andrea1982 escribió:La proporcionalidad se puede aplicar por analogía?
:roll:
Lei de una pag especializada en jubilaciones y pensiones este articulo y lo comparto, podria ser una solucion a para estos casos especificos donde no se tiene la regularidad pero si se tiene bastantes años de aportes en su vida activa laboral.

Flexibilizan condiciones para acceder a la pensión por viudez o invalidez
La Corte redujo los años de aportes necesarios para tener derecho al beneficio.


Por: Ismael Bermúdez
En un fallo trascendental, la Corte Suprema fijó menores requisitos de años de aportes para acceder a la pensión por invalidez y viudez. Y eso beneficia a mucha gente que ahora podrá reclamar la pensión si se invalidó o si el cónyuge fallecido no aportó en los últimos años pero lo hizo parcialmente durante los años en que estuvo activo.

Según las normas previsionales, para que un afiliado tenga derecho al retiro por invalidez o su cónyuge al beneficio de pensión se deben reunir varias condiciones:

Para tener derecho a una pensión del 70% del Ingreso Base, el afiliado debe reunir 30 meses de aportes en los últimos 36 meses anteriores a la solicitud de invalidez o a la fecha de fallecimiento. Y si solo se reúne 18 meses de aportes en ese lapso se lo considera afiliado irregular con derecho, con una pensión del 50% del Ingreso Base.

Ese requisito no rige si el afiliado ya tiene aportes por 30 años de servicios ya que se lo considera afiliado regular. Y si tiene 15 años con aportes, se lo considera afiliado irregular con derecho siempre que tenga 12 meses de aportes en los últimos 60 meses anteriores a la solicitud de invalidez o la muerte.

Con estos requisitos, mucha gente queda fuera de la cobertura de pensión porque el trabajador activo se incapacita o muere sin reunir los meses o años de aportes exigidos por estar sin trabajo en los últimos años.

“Por ejemplo, muchos trabajadores dejan de trabajar cuando comienza una enfermedad y luego de algunos años al ocurrir el deceso son afiliados irregulares sin derecho y no generan pensión”, le dijo a Clarín el abogado previsionalista Guillermo Jáuregui.

Ahora la Corte, en la causa” Pinto Angela contra ANSeS”, flexibilizó esas condiciones.

Así el Alto Tribunal determinó que si una persona aportó durante el 63% de su vida activa, su cónyuge es considerado aportante regular -70% de pensión- y con la mitad es irregular con derecho a pensión del 50%.

Este nuevo criterio surge de lo siguiente: un varón puede aportar a lo largo de su vida activa 47 años (desde los 18 hasta los 65 años). Y con 30 años -o el 63% de esos 47 años- tiene derecho a la pensión, como aportante regular. Y con 15 años (la mitad) es considerado afiliado irregular con derecho a pensión.

Entonces la Corte Suprema sostiene que esas proporciones deben aplicarse al trabajador hasta el momento en que fallece.

Así, si muere a los 55 años, en su vida activa desde los 18 años pudo aportar 37 años. En consecuencia con 23 años de aportes -63% de 37- es afiliado regular con aportes. Y con la mitad -11 años- se lo considera afiliado irregular con derecho y genera un pensión para el cónyuge.

En el caso de las mujeres el cálculo varía porque pueden jubilarse a los 60 años por lo que las proporciones son distintas. Pero también sustancialmente menores a las que rigen en la actualidad.

“Con esta doctrina se pueden reparar denegatorias ya ocurridas en invalideces y pensiones de los últimos años”, aclara Jáuregui.

Así, nuevamente y por la por vía judicial, van cambiando las normas jubilatorias.
 #685687  por marilo
 
Me parece más riesgo hacerle pagar el monot ahora sin ddjj, que por igual monto paga 2 o 3 meses de 2007 por ej. Creo que para completar los 30 años es viable cuando es extemporáneo como j.o.
 #685688  por marilo
 
perdón!!! no había terminado de leer la pag.2........... Alguien probó de reclamar según el caso Pinto? por fin alguien pensó un poquito... las personas que fallecieron antes de los 48 años y por mala suerte o enfermedad no tenían aportes en los últimos 5 no reunían los requisitos, ni aún habiendo trabajado seguido hasta los 43. Espero que sea viable...
 #685719  por MARIO1943
 
ESTE FALLO DE LA PROPORCIONALIDAD YA LO SUGERI EN EN ESTE MISMO , DIJE QUE HAY QUE AGOTAR LA S INSTANCIAS, ANTES DE IR AL FALLO, LO PEGO NUEVAMENTE Y TAMBIEN ANDREA 1982 EN E STE POST HABLO DE PROPORCIONALIDAD

MARIO1943 » Dom Feb 27, 2011 11:46 pm

NO TE QUEDA OTRA, QUE IR POR LOS SDM, NO COMPRES 1 MES , COMPRAS EN EL 2004 4 O 5 MESES,ACORDE A SU INCAPACIDAD , PARA NO HACERLO JUSTO Y QUE NO SEAN EN EL 2011 , SI FALLA EL SDM, NO S E PIERDE MUCHO, TENES QUE IR POR LA PROPOCIONALIDAD FALLO PINTO, POR LA EDAD QUE TIENE Y LA ULTIMA ESPERAR QUE CUMPLA LOS 65, NO VEO OTRA SALIDA

Y COMO BIEN DIJO MARILO ES PREFERIBLE PRIMERO CON SDM , NO SE PIERDE MUCHO
 #755731  por Aimael
 
noelin escribió:NUNCA TUVE PROBLEMA HACIENDO LE INSCRIPCION EN MONOTRIBUTO, JAMAS LOS REVISARON, Y SE JUBILARON CON 12 O 18 APORTES. SI NO ESTAN JUBILADOS, DE ALGO TIENEN Q VIVIR, Y SI TRABAJAN DEBEN APORTAR. HAY UN TIPO DE MT TEMPORARIO. SI ES POR SOLO UN MES.
NOE TENES IDEA CUAL ES ESE MONOT TEMPORARIO,? LO TRAMITO IGUAL Q LOS DEMAS, TENGO UN SR. Q LE FALTAN DOS MESES Y UNA SRA Q TIENE 29 A Y 9 MESES EN RRDD CON RECO DE ANSES Y TAMPOCO LLEGA, PERO LA SRA TIENE PNC LA VERDAD q injusto es todo esto!
 #755775  por PARANA
 
Tratándose de solo un mes, podría inscibirselo en RRDD con algún amigo que le salga de empleador, tal vez con solo 2 meses de administrativo, cuanto podría costar? $1500? no es mucho y no se verifica.-

El único detalle sería saber cual es la contingencia que padeció la persona, pues si se trata de algo degenrativo, como una enfermedad coronaria, no habría problema en reingresar al trabajo, en cambio, si se trata de un ACV ó un accidente de tránsito, es decir, un hecho súbito y quedó muy mal (ej. paralítico), sería mas sospechoso.-
 #755825  por Aimael
 
artrosis los dos casos, con hipertension arterial, el primer caso tiene hecha miercoles la columna y no es operable, y en el segundo caso ademas de problemas de huesos esta re pirucha jajaja pasa q esta Sra. ademas cobra una PNC ahi se me complica, pense intentar con la proporcionalidad, ver q pasa no pierde nada porque no le tengo qhacer sicam dado q tiene 29 A y 5 m + 4 meses de desempleo! pero todo me genera dudas!