Buenos dias lo contacto para saber que alternativas tengo ante esta situación
Mi ex mujer vive junto con mis 2 hijos menores de edad en la casa que compramos juntos cuando estábamos casados , actualmente ella tiene intenciones de llevar a vivir a su actual pareja a la casa , hecho que me parece que está fuera de lugar porque entiendo , quizás por desconocimiento sobre algún sustento judicial basado en algún antecedente en este pais (sé de situaciones idénticas en españa) que ella no puede aprovechar la situación de uso del 100% de dicho bien ganancial debido a que ejerce la tenencia de los hijos para hacer uso libre del bien para que también pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio .
Ella alega que de esta manera mis hijos se verán beneficiados en su calidad de vida , cosa que descreo que sea asi de simple porque no comulgo con la idea de que un tercero ofrezca una mejor "calidad de vida" a expensas de ahorrar en sus gastos haciendo uso de una parte de la vivienda que me corresponde por derecho y que debo no usar por ser respetuoso con la asignación que hace la ley para la madre que detenta la tenencia de mis hijos...además del hecho que la actual pareja de mi ex tiene hijos de su anterior matrimonio y no me resulta ilógico que también desee mejorar la "calidad de vida" de sus propios hijos.
Yo , al discutir sobre este tema , que entiendo aún no se ha consumado , le he dejado saber que no tendria problemas en que haga esto si al menos reconociera que podria pagar una especie de locación como reconocimiento por ésta situación.
El fallo al que hago referencia indica lo siguiente, lo cual considero atinado y oportuno.
http://www.elpais.com/articulo/andaluci ... and_13/Tes
El tribunal dice que "resulta innegable" que se ha producido una "esencial modificación" de las circunstancias de la separación. "Habría que admitir como lógico lo que a todas luces nos parece inadmisible por absurdo, esto es, que de la vivienda que constituyó el domicilio familiar, común y ganancial asignada a una esposa separada y al hijo de su matrimonio para la protección de su más favorable interés, pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio, sin posibilidad alguna de acción por parte del marido, cotitular de la vivienda".
El tribunal considera "lógico" y "oportuno" que, si la mujer desea fundar con una tercera persona una familia o unirse establemente a ella, "forme nuevo hogar renunciando al privilegio del que, en atención a su anterior situación, venía disfrutando". En su fallo, el tribunal decreta la extinción de la atribución del uso de la vivienda ganancial a favor de la esposa e hijo y autoriza a las partes a la venta de la misma o su adjudicación a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente.
Muchas gracias
Mi ex mujer vive junto con mis 2 hijos menores de edad en la casa que compramos juntos cuando estábamos casados , actualmente ella tiene intenciones de llevar a vivir a su actual pareja a la casa , hecho que me parece que está fuera de lugar porque entiendo , quizás por desconocimiento sobre algún sustento judicial basado en algún antecedente en este pais (sé de situaciones idénticas en españa) que ella no puede aprovechar la situación de uso del 100% de dicho bien ganancial debido a que ejerce la tenencia de los hijos para hacer uso libre del bien para que también pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio .
Ella alega que de esta manera mis hijos se verán beneficiados en su calidad de vida , cosa que descreo que sea asi de simple porque no comulgo con la idea de que un tercero ofrezca una mejor "calidad de vida" a expensas de ahorrar en sus gastos haciendo uso de una parte de la vivienda que me corresponde por derecho y que debo no usar por ser respetuoso con la asignación que hace la ley para la madre que detenta la tenencia de mis hijos...además del hecho que la actual pareja de mi ex tiene hijos de su anterior matrimonio y no me resulta ilógico que también desee mejorar la "calidad de vida" de sus propios hijos.
Yo , al discutir sobre este tema , que entiendo aún no se ha consumado , le he dejado saber que no tendria problemas en que haga esto si al menos reconociera que podria pagar una especie de locación como reconocimiento por ésta situación.
El fallo al que hago referencia indica lo siguiente, lo cual considero atinado y oportuno.
http://www.elpais.com/articulo/andaluci ... and_13/Tes
El tribunal dice que "resulta innegable" que se ha producido una "esencial modificación" de las circunstancias de la separación. "Habría que admitir como lógico lo que a todas luces nos parece inadmisible por absurdo, esto es, que de la vivienda que constituyó el domicilio familiar, común y ganancial asignada a una esposa separada y al hijo de su matrimonio para la protección de su más favorable interés, pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio, sin posibilidad alguna de acción por parte del marido, cotitular de la vivienda".
El tribunal considera "lógico" y "oportuno" que, si la mujer desea fundar con una tercera persona una familia o unirse establemente a ella, "forme nuevo hogar renunciando al privilegio del que, en atención a su anterior situación, venía disfrutando". En su fallo, el tribunal decreta la extinción de la atribución del uso de la vivienda ganancial a favor de la esposa e hijo y autoriza a las partes a la venta de la misma o su adjudicación a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente.
Muchas gracias