Quisiera saber como se computa los años de antiguedad (16 años) de una persona que trabajo en ypf y esta comprendida en el decreto 1825/87 para el personal que trabajo en usina electrica en ypf
hal2006 escribió:Quisiera saber como se computa los años de antiguedad (16 años) de una persona que trabajo en ypf y esta comprendida en el decreto 1825/87 para el personal que trabajo en usina electrica en ypfhola:
Es uno de los regimenes insalubres, que como otros, tiene requisitos de edad y años de servicio diferentes.
Aca corresponde prorratear junto con los servicios comunes que tenga o que se pudieran comprar si fuera necesario.
Hasta no prorratear no se sabe edad de presentacion ni aportes faltantes.
La formula matematica ha sido posteada y el programa de prorrateo tambien.
Puede utilizar el buscador.
saludos
Flor
