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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #678696  por seene
 
Hola!
Quería hacer una consulta.
En el caso de trabajo mensual, se liquidan las vacaciones por adelantado y se agrega un plus vacacional que se calcula dividiendo el sueldo por 25 días y no por 30 como se hace habitualmente. Ahora bien, ¿es correcto, que al abonar el resto del sueldo correspondiente al mes en que el empleado se tomó las vacaciones, la empresa descuente ese plus vacacional? ¿Puede la empresa quitarle al empleado el plus vacacional al liquidarle la totalidad del sueldo del mes?

Agradecería me pudieran aclarar esta duda.
Desde ya, muchas gracias.
 #678770  por DrCarlosb
 
Si se adelantoantes es logico que despues se le descuente. Es practica habitual.
 #679535  por mangem
 
Hola,
Te aclaro que jamás puede liquidarse sin el plus vacacional, dado que el mismo deviene de la forma de cálculo de las vacaciones es decir:
Para abonar vacaciones se divide por 25 y para descontar los días no trabajados se divide por 30.
Ejemplo: Sueldo $1000 y 14 días de vacaciones.

Adelanto de Vacaciones $1000/25 X14 días= $560

Abono del mes $1000
Días no trabajados - $ 466 ( se obtiene de 1000 / 30 días X 14)
Total del mes $ 534

Si sumás el adelanto mas el total del mes dá $ 1.094, por ende el plus vacacional asciende a $ 94

Espero lo hayas comprendido.

Saludos
 #679794  por JoMarch
 
DEBIDO A ESA METODOLOGIA DE CALCULO EL EMPLEADO MENSUALIZADO COBRA MAS DE UN SUELDO EN EL MES QUE COBRA VACACIONES DE 14 DIAS.
OBVIO QUE SI LE ADELANTARON EL DINERO DE LAS VACACIONES COMO ANTICIPO DE SUELDO (YA QUE LAS VACACIONES SE COBRAN ANTES DE COMENZAR A GOZARLAS) CUANDO LE HAGAN EL RECIBO DEL MES CON TODA LA LIQUIDACION: LOS 14 DE VACACIONES Y LOS 16 RESTANTES LE TIENEN QUE DESCONTAR TODO LO YA COBRADO COMO ANTICIPO. PERO EN TAL CASO, EL PLUS ESE NO TIENE QUE ESTAR INCLUIDO EN LA LIQUIDACION.
EN REALIDAD EL RECIBO DEBIERA TENER DOS CONCEPTOS EN SU LIQUIDACION:
14 DIAS DE VACACIONES......................... $.....
16 DIAS MES ...... ...............................$.....
NUNCA VI LIQUIDAR EL PLUS VACACIONAL COMO UN ITEM.
SI SE LIQUIDA POR SEPARADO CUANDO SE INCREMENTA EL MONTO DE LA HORA PARA CALCULAR VACACIONES EN QUINCENALES, Y SE TIENE EN CUENTA LA INCIDENCIA DE HORAS EXTRAS.
 #679881  por DrCarlosb
 
JoMarch,
cada empresa es un mundo.

Yo estoy en relación de dependencia con una y mi recibo dice:
sueldo basico
desc dias vacaciones
vacaciones.
 #680184  por DAL
 
Punto uno: vacaciones y plus vacacional no son lo mismo- Plus vacacional es un adicional que traen o traían ciertos CCT.
Punto dos: coincido con Carlos. Cada empresa es un mundo!!!
Punto tres: no se cobra dos veces, lo que se adelantó, se descuenta, con ciertas particularidades. Tambien hay algunas empresas de primera linea que no descuentan las vacaciones, como un incentivo a sus trabajadores. Otras pagan SAC completo, no medio sueldo. Son mejoras que conceden las empresas.
Lo de las particularidades, me refiero a que las vacaciones se pagan contando el regimen de 1/25 pero se descuentan con el monto de 1/30. No es lineal el descuento. Saludos!!
 #680331  por mangem
 
Agrego, tampoco vi que el plus vacacional se liquide como un intem, toda vez que el mismo se deriva de la forma de cálculo, es decir esta implícito.
"Plus vacacional es un adicional que traen o traían ciertos CCT.", estimada, yo que usted reviso esta apreciación.
No sólo se tiene en cuenta las horas extras, sino que tambien para abonar, se toma el promedio de remuneraciones variables de los últimos 6 meses anteriores al inicio de la licencia.
Saludos
 #680851  por DAL
 
mangem escribió: "Plus vacacional es un adicional que traen o traían ciertos CCT.", estimada, yo que usted reviso esta apreciación.
*leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo*

Reviso, reviso, y está bien.
Plus vacacional, asignación por vacaciones, etc son adicionales establecidos por distintos convenios colectivos.
Al pago de las vacaciones, nunca vi que se lo denominara PLUS, simplemente, vacaciones.
Es una cuestión de terminología, no de concepto, El concepto es el mismo: el pago o retribución por los días de vacaciones.
 #681574  por vavacco
 
En mi caso no se me pagó Anticipo Vaciones, y en el sueldo actual me vino sólo un concepto por Plus Vacacional, o sea el mes pasado cobré el sueldo normal y este último mes el sueldo más este plus.

Por ejemplo:

Mes Anterior: Neto $ 1000

Este Mes: Neto $ 1000 + 93,33 = 1093,33

Está bien esto?

Me tienen que pagar un monto mayor?

Por otro lado, cómo es el tema de los descuentos por jubilación y obra social?
 #681648  por DAL
 
A ambos consultantes, Seemco y Vavaco. Les sugiero que con sus recibos en mano pasen por el sindicato a ver sus dudas, o bien consulten en un abogado particular.
Saludos!
 #682029  por vavacco
 
DAL, las no-respuestas no sirven. Se supone que quien consulta por aquí también lo está haciendo por otros lados.
 #682153  por DAL
 
PUnto uno. Responder, respondí bastante. Pero la bola mágica, para saber que dicen lo recibos de sueldo, la tengo momentaneamente fuera de servicio.
Punto dos: Quien supone que se está consultando por otro lado? Por que se supone?
PUnto tres: Saludos!!
 #682540  por vavacco
 
DAL, lo que comenté no fue para molestar, pero hay formas y formas de responder, simplemente eso.