Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Sicam: que ley aplicable utilizar. 24.476/18038/24241

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #682742  por Zob
 
Buenos dias:
Me surgio una duda. El caso es un futuro jubilado que puede comprar hasta 29 años por ley 24.476.
En sicam, solapa, datos para liquidacion, hay una opcion de ley aplicable.
Si selecciono ley 24.476 solo puedo comprar hasta sep 1993.
Si selecciono ley 18038 puedo comprar hasta junio 1994. Con lo cual compraria los 30 años. esto se puede? es asi? es lo mismo? Alguien sabe?
 #682764  por Alejandra Radua
 
Zob escribió:Buenos dias:
Me surgio una duda. El caso es un futuro jubilado que puede comprar hasta 29 años por ley 24.476.
En sicam, solapa, datos para liquidacion, hay una opcion de ley aplicable.
Si selecciono ley 24.476 solo puedo comprar hasta sep 1993.
Si selecciono ley 18038 puedo comprar hasta junio 1994. Con lo cual compraria los 30 años. esto se puede? es asi? es lo mismo? Alguien sabe?
La ley 18.038 fue derogada por la 24.241.
Leete todas las leyes. Estás confundida.
 #683129  por andrea1982
 
Hola. En infoleg vas a leer todas esas leyes, para mi tu confusión radica en que si en el SICAM tenes que poner la ley por la cual se va a jubilar o la 24.476, es así? Una cosa es la ley aplicable a la jubilación, otra la ley que le estaría permitiendo comprar...No sé si me explico. :roll:
 #683341  por Zob
 
Sii eso es lo que digo. Una cosa es la ley que se aplica a la jubilacion y otra es la ley por la que voy a comprar los años de la moratoria.
entonces, si eligo 18038 puedo comprar hasta el 94, con lo cual consigo comprar los 30 años-
En cambio, si eligo la 24476 solo le puedo comprar a este cliente 29 años. Capaz que no se puede, pero se me ocurrio cambiar de ley como opcion para solucionar el faltante: porque ya no les va a cubrir la moratoria 30 años años a los que se jubilen este año. No se que implicancias tendria esta opcion y por eso preguntaba.
andrea1982 escribió:Hola. En infoleg vas a leer todas esas leyes, para mi tu confusión radica en que si en el SICAM tenes que poner la ley por la cual se va a jubilar o la 24.476, es así? Una cosa es la ley aplicable a la jubilación, otra la ley que le estaría permitiendo comprar...No sé si me explico. :roll:


Gracias por los aporte de todos :)