hola, gracias, estuve conversándolo el último dia hábil con la persona a cargo de los sorteos y me dijo que directamente si veo que no hay un acuerdo, al iniciar la demanda que es por daños y perjuicios lo amplíe en el objeto. En este caso sería una cuestión de cosa juzgada írrita. Es un tema complejo. Ya que la persona damnificada por una medida cautelar no tuvo oportunidad de defensa en la causa civil, desde ya tampoco tuvo éxito en una denuncia por estafa procesal, y los tiempos procesales para cualquier recurso están vencidos. Sólo puede iniciar una demanda por daños y perjuicios con toda la prueba que no fue considerada, en este caso sería por bienes propios que le fueron atacados por su ex como gananciales y por consiguiente embargados hace casi 2 años, lo que hasta le impidió cumplir con la obligación alimentaria con uno de sus hijos que dentro de un par de meses también adquiere la mayoría de edad.
Una de las cualidades que muestra la mediación "obligatoria" para complicarle a la gente el acceso a la justicia es este tema del "objeto del reclamo". Eso porque el sentido común y la
ratio legis indican que se debe llegar a juicio habiendo discutido y negociado sobre los mismos tópicos sobre los que se litigará después. Yo me imagino que algunos juzgados ya estarán tan hartos de encontrarse con estas distorsiones, que harán la vista gorda a las ampliaciones de objeto no mediadas; pero, de ponernos rigurosamente jurídicos, habría que volver a mediación sobre esos puntos o temas.
En cuanto a tu relato,
blueyellow, a mí me resulta embrollado, y dificulta opinar muy concretamente: si lo mejorás, ayudás.