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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #682961  por fernanruiz
 
hola debo tramitar una pensión directa de una persona mayor de 65 años , tiene 24 años de aportes en relación de dependencia y al mismo le sobra regularidad, ahora bien, en este caso,y al tener mas de 65, debo completar por moratoria hasta completar los 30 años ?
 #682982  por MARIO1943
 
fernanruiz escribió:hola debo tramitar una pensión directa de una persona mayor de 65 años , tiene 24 años de aportes en relación de dependencia y al mismo le sobra regularidad, ahora bien, en este caso,y al tener mas de 65, debo completar por moratoria hasta completar los 30 años ?
NO HACE FALTA COMPLETARLE LOS 30,
 #684353  por fernanruiz
 
hola me presenté a anses y la experiencia fué la siguiente:

al tratarse de un hombre fallecido luego de los 65 años sin estar jubilado la prestación a solicitar es pensión de pbu , el requisito es llegar a los 30 años de aportes, y yo me presenté con 24 años desde el mes de fallecimiento para atrás, o sea que en principio cumplia regularidad, pero bueno, no sabía y lo comparto. ahora veré como sigo ya que no tenía inscripción como autónomo y con moratoria no procedería...
 #684434  por andrea1982
 
No quiero decir una estupidez, pero me parece a mi, que eso que decis, o sea que le liquiden PBU PC y PAP es solamente para quienes cumplen TODOS los requisitos, si tenía 65 y no llegaba a los 30 años, deben respetarle la regularidad.
Coincido con lo que dice Mario.
 #684457  por periquita
 
Hola
No coincido en este caso con Mario y con Andrea.
Cumplida la edad jubilatoria, por más que sea una pensión debe completar los 30años.
Saludos.
 #684486  por FLORCITA73
 
Si. Coincido con Periquita. He tenido casos.

Creo que Algo dice el Art. 34 bis inc. 5 ley 24241.

slds

Flor
 #684512  por paulasantafe
 
Hace unos dias tuve un casom parecido al tuyo, sr q fallecio con 69 años , 18/36 con RD y el resto autonomo con alta y baja

me presente para ingresarlo con la regularidad y el iniciador me dijo q tenia q comprar 30 años x q tenia mas de 65, pero q tenia otra opcion era RTI x Edad Avanzada pero q tenia q presentar pruebas, como el sr fallecio en otro lugar distante , opte por hacer de nuevo el SICAM y el prox lunes tengo turno, me dijo tb q de esta manera iba a salir mas rapido

La dif con tu caso es la inscripcion en autonomos
 #684552  por andrea1982
 
FLORCITA73 escribió:Si. Coincido con Periquita. He tenido casos.

Creo que Algo dice el Art. 34 bis inc. 5 ley 24241.

slds

Flor
Es verdad! Que bol... que soy.
Che, pero resulta bastante injusto no?
 #684580  por FLORCITA73
 
:lol: :lol: no me gusta contradecir a nadie...... :lol: :lol:

Si. Es injusto pero es asi....
 #684598  por arandu
 
Foristas:

Buenas tardes. Se calcula todo en base a la PEA. Si estaba en actividad y tenia mas de 65 años pero no reunia los 30 años, no se requiere regularidad, se necesitan los requisitos de la PEA. Y el señor de la consulta los tenia. No hace falta siquiera moratoria. Es pension de PEA. Art. 34 bis, inc 5. ultima parte: "Si el afiliado mayor de 65 años se incapacitare, tendra derecho a la prestacion por edad avanzada: en caso de fallecimiento, el haber de pensión de los causahabientes sera el equivalente al 70% del que le hubiera correspondido percibir al causante".
 #684633  por fernanruiz
 
realmente injusto, pero bueno , ahora vinieron con una copia de una certificacion de servicios vieja en la que constan 7 años, el tema es que está incompleta( consta fecha ingreso, egreso, total de años, pero no detalla año a año los meses trabajados) así que me la jugaré por ese lado, la empresa queda en otra provincia , pero mientras exista una opción habrá que buscarla.
 #684676  por FLORCITA73
 
Y el art. 38?