Buenas tardes foristas. Se que este tema ya se ha tratado, pero de tanto leer me quedaron dudas.
Tengo un plan de dicha ley que me figura cancelado, posterior al 09/93. En detalle de deuda, la deuda sigue figurando.
Tengo entendido que debo imprimir las pantallas del plan y llevar los tickets de pago. Con eso alcanza? Porque también lei que había que llevar multinota presentada en AFIP en la cual se certifica la cancelación del plan. Esto es necesario?
Gracias!
Tengo un plan de dicha ley que me figura cancelado, posterior al 09/93. En detalle de deuda, la deuda sigue figurando.
Tengo entendido que debo imprimir las pantallas del plan y llevar los tickets de pago. Con eso alcanza? Porque también lei que había que llevar multinota presentada en AFIP en la cual se certifica la cancelación del plan. Esto es necesario?
Gracias!
