Colegas: tengo que ejecutar unos pagares en una sucesión, el tema es que la mitad estan vencidos y el resto no lo esta, la pregunta es: DEBO DECLARARLOS IGUAL? o directamente hago reserva por documentos no vencidos y luego los presento? debo informar que importen tiene los no vencidos, es decir declarar el TOTAL DE LA DEUDA? o solamente declaro lo vencidos?
Debo enviar CD a los herederos intimando al pago (de lo vencido ) a los herederos o directamente ejecuto cuando salgan edictos de sucesión?
Espero sus respuestas, gracias
Dra. Viviana
Debo enviar CD a los herederos intimando al pago (de lo vencido ) a los herederos o directamente ejecuto cuando salgan edictos de sucesión?
Espero sus respuestas, gracias
Dra. Viviana