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  • podre reimputar SDM a AUTONOMO???

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #686249  por caromatta
 
Perdón, por si pregunto una locura, pero me vinieron a ver varias personas que pagaron mucho dinero en sdm el año pasado, y ahora no tienen para pagar los interes, y ante los acontecimientos de que son dificiles las verificaciones preguntaba si se podria hacer esas reimputaciones...
Bueno desde ya mil gracias.
 #686454  por arielruiz86
 
Atraves de la cuenta corriente para autonomo y monotributistas imposible. No queda otra que ir a la afip y ver si es factible, y va a depender de cada delegacion de afip, he leido que en algunas lo permiten pero en otras si no estan duplicados los pagos no lo hacen.
 #686519  por molinag
 
Suponiendo que tu cliente tenga una inscripcion en autonomos y se le haya dado la baja por no reempadronarse, cabria la remota posibilidad, de hacer lo que sugeris, es igualmente muy dificil, son conceptos distintos, obligaciones formales de uno y no de otro, y para reafectar entenderia que tendria que haber una obligacion existente, cosa que al no tener inscripcion te complica....Como te dice Ariel consulta, pero es mas que improbable...
 #686534  por alejandra01
 
cuidado. Sabemos que la reimputación se da en casos donde uno alega error en el pago...pero equivocarse tanto como sdm con f 102 y decir que era monotributo, (y más si no tiene inscripción) es una locura..
Afip lo podrá hacer, pero anses no creo que lo apruebe.
En definitiva pienso que deben esperar con estas cosas y dejarlas como están, o pagar algo de intereses de los más bajos y esperar que pueda en algún momento se pueda extender la moratoria. De ser así, lo más rápido será renunciar a éstos períodos, adherir a períodos de moratoria y listo. No pelear contra estos sdm que parece que será una catarata de demandas de amparos y recursos de nunca acabar. Al menos yo pienso obrar así con 4 casos de sdm que tengo a verificación...pero pasarlo a MT es demasiado aventurado para hacerlo y no tener resultados positivos.
es una humilde opinión. o sea, no chicas.
suerte.
 #686540  por caromatta
 
yo no los reimputaria a MT sino a AUTONOMO, la sra estaba inscripta, sin baja dada. El hecho es que le regalo al estado unos $ 3500 y la persona no se resigna a perderlo. Aclaro fue otro profesional que le hizo pagar sdm estando inscripta, por las dudas...
 #686784  por CLASIL50
 
mil gracias por las respuestas! pero analizando , me parece que como dice alejandra 01 , esta muuuuuuuuuuuy difícil, a mi me sale en cuenta corriente aportes dobles en algunos periodos de servicio domestico ( no me pregunten por qué , ya que no fui yo quien se los hizo pagar), cuando quero imputarlos a traves de la cuenta corriente a periodos automomos anteriores no me permite porque son periodos anteriores a la creacion de la cuenta corriente. Pero me parece que hay un segundo problema si reimputamos los aportes de SDM a autonomo , igual vamos a tener un saldo deudor y lo vamos a tener que pagar con algun formulario, vos te imaginas como le explicamos al iniciador :estos son los formularios 399 , que si restas la suma que reimpute a la deuda que sale en sicam, te queda este saldo que lo pague con form 799?? estoy muy confundida o es asï? es que de tanto pensar me parecen que se me pelaron los cables! gracias!
 #686805  por arielruiz86
 
Al tener pagos duplicados de SDM (tal vez ya estaban pagos de antes o bien se equivoco el cajero con los ulimos que mandaron pagar) se puede reimputar con la cuenta corriente (el sistema lo prevee por lo que seria legal por decirlo de alguna forma) pero solo para periodos posteriores del 07/94 como bien lo pudiste comprobar vos misma. Y si quedan saldos pendiente no seria problema, porque para eso estan los distintos formularios habilitados para pagarlos (F799 para periodos anteriores del 07/94 y F155 para periodos posteriores del 07/94). Y luego cuando se presenta el sicam con cero deuda no hay que porque explicarle al iniciador la forma en que se pago el capital, lo unico que verifica este es que el PUC (pestaña de datos personales) coincida con lo que se cargo en la situacion de revista del sicam 1 y que el detalle de deuda del mismo de cero, no interroga mas alla de eso (al menos hasta el momento de hoy). Pero hay que tener en cuenta que te van a seguir figurando pagos de SDM con intereses sin saldar que tendras que reservalos.