Buenas noches colegas! Tomé un caso de liquidación de sociedad conyugal en el que patrocino a la actora. Aún no se trabó la litis, pues del juzgado me intiman a pagar la tasa de justicia correspondiente. Sin dicho pago no correrán traslado de la demanda. Los bienes en cuestión son un inmueble, un auto, con los cuales no tengo problemas en hacer la estimación. Ahora bien, la complicación surge con la valuación de las participaciones societarias que tiene el señor (demandado) en diversas S.A. y S.R.L. Con respecto a ellas, el juzgado solicita un informe contable con firma rubricada por el colegio respectivo y así determinar el valor de dichas participaciones. En el escrito de demanda se solicitaron como medidas preliminares que se libraran oficios a la IGJ con esa misma finalidad, lo cual no se proveyó, atento a que no se dio traslado de la demanda. He consultado con un Contador quien me indica que para la realización del informe solicitado, es necesario contar con los estatutos de las sociedades, más los balances y además las declaraciones juradas de ganancias. Esto último debe ser pedido ante AFIP pero sólo mediante oficio u orden judicial. Me encuentro en un círculo vicioso! pensé solicitar medidas preliminares en un escrito aparte del de la demanda explicando fundadamente la imposibilidad de realizar la estimación sin contar con estas medidas. Por otra parte, analizando la ley de tasas, pensé que tal vez podría realizar un pago como juicio de monto indeterminado y solicitar la integración de la diferencia al momento de practicarse la liquidación. O tal vez, en el mismo escrito plantear la segunda opción somo alternativa. Algún colega tuvo algún caso similar? Me podrían plantear alguna sugerencia? les agradecería mucho vuestra ayuda. Saludos!!!!!
Habemusnoctem