Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Deuda Arba 2002 a 2007 - Prescripta???

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #685315  por Brunito
 
Hola a un clinete le llego demanda de apremio la semana pasada por deuda de rentas desde el 2002 a 2007. Es de prov. de bs as. Supuestamente por el codigo fiscal prescribe a los 5 años verdad??? Entonces podria oponer excepción de prescrición por los años 2002, 2003, 2004 y 2005????? gracias
 #686652  por aboglp
 
Brunito escribió:Hola a un clinete le llego demanda de apremio la semana pasada por deuda de rentas desde el 2002 a 2007. Es de prov. de bs as. Supuestamente por el codigo fiscal prescribe a los 5 años verdad??? Entonces podria oponer excepción de prescrición por los años 2002, 2003, 2004 y 2005????? gracias
Habria que ver si hubo o no actos interruptivos o suspensivos del curso de la prescripcion. Sugiero la lectura de los articulos 131 y ss del codigo fiscal.
 #693595  por DrM
 
Brunito escribió:Hola a un clinete le llego demanda de apremio la semana pasada por deuda de rentas desde el 2002 a 2007. Es de prov. de bs as. Supuestamente por el codigo fiscal prescribe a los 5 años verdad??? Entonces podria oponer excepción de prescrición por los años 2002, 2003, 2004 y 2005????? gracias
sí son 5 años, contados a partir del primero de Enero del año siguiente al del vencimiento del pago, es decir las última del 2007 recien empieza a correr a partir del 1° de Enero del 2012, y la del 2002 a partir del 1° de enero del 2008. salvo que existan actos interruptivos, tales como la intimación administrativa de pago, y siempre que esta haya sido alegada y probada en el juicio de apremio, ya que si el fisco alega solamente "existencia de hechos interruptivos o suspensivos" de la prescripcion, no podrán ser declarados como tales si los mismos no son probados.
Esto que te digo lo expreso el juzgado en lo contencioso N°2 de La Plata, en un juicio de Apremio, en el cual logré que declararan prescripta la acción por cobro de IIBB, ya que si bien el fisco habia intimado, no lo habia demostrado en la causa.
Saludos