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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #68553  por marianela677
 
HOLA, BUEN DIA:
Son varias mis dudas, se trata de un 214 INC. 2, EN LA MATANZA, Trib. de Flia. Nº1.
CUANDO me regulan honorarios, tengo que presentar factura por ese monto en el expediente? y los aportes previsionales, son del 10% a mi cargo pero DEL 5 Ó DEL 10 % a cargo del CLIENTE?
Y respecto a las COSTAS: si dice en el expte. q son por su orden, como se paga y cual sería el monto?
Gracias!!! :D

 #68684  por Ulpiano-mdp
 
Hola Marianella:
en el Tribuna de Familia de Mar del Plata, es asi

el abogado siempre paga el 10% de aporte sobre honorario regulado
el obligado al pago (en este caso tu cliente) paga el 10% mas, si el juicio fue contradictorio, y el 5% si fue voluntario (si no hubo contienda, por ejemplo, divorcio por presentacion conjunta, homologacion de convenio de liquidacion de socidad conyugal, )
El 214 inc 2 es por separacion de hecho sin voluntad de unirse, si se presentaron los dos juntos a pedirlo, o si uno demando y el otro se allano, no hay contienda, en mi criterio, debe considerarse voluntario y pagar el 5% el cliente-

Costas por su orden, o en el orden causado, significa que cada parte paga sus gastos. Es decir " a la americana" cada uno paga los honorarios de su abogado, los gastos que le genero el juicio, con la salvedad que los gastos que son comunes (por ejemplo la tasa de justicia ) lo comparten, pagando mitad cada una.-
Saludos y suerte.-

 #69832  por Pato272727
 
no te piden que presentes factura. los honorarios que te tienen que pagar son los que dice la regulación de ahí sale el 10% a tu cargo y encima de eso le tenes que cobrar al cliente el aporte adicional.