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  • Acreditar vinculos y edictos

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 #68685  por luca
 
Hola, tengo una sucesión pero no tengo todas las partidas de mis clientes para acreditar vinculos, tengo algunas y me faltan otras que tengo que pedir porque son de La Pampa y la sucesion es de pcia. de Bs.As. Puedo presentar a los que tengo y denunciar a los otros? Se pide igual la publicación de edictos asi en ese plazo puedo hacer los tramites en el registro civil para ir ganando tiempo?

 #68717  por Dr. 8
 
No, previo a todo trámite deberás acreditar los vínculos con las partidas (fijate que hay otro hilo, respecto de si las partidas pueden ser copias certificadas -por el registro- o lisa y llanamente originales)

 #68729  por luca
 
Gracias Dr.8! de todas maneras tengo una duda de interpretación del art 734 cpcc, que habla de la notificación por cédula a presuntos herederos; de ser así, podria presentarme acreditando el vínculo de solo uno y en los treita dias los de los demas?

 #68736  por Dr. 8
 
A ver si entiendo, vos patrocinás a uno de los herederos y denuncias los restantes que vas a notificarlos por cédula.

Creo que te conviene ir a Cardigonte o similares y en 7 días tenés las partidas certificadas por el registro de La Pampa (yo tengo la posición que con copias certificadas es suficiente).

Presentás un escrito "ACREDITA VÍNCULOS" y dejás los edictos a confronte en 15 días estás publicando.

Me parece que esto sería lo mejor y más rápido.

 #68754  por luca
 
Gracias otra vez!! Sabes que datos necesito para pedir las partidas a la pampa? Solo tengo fecha de nacimiento.

 #69192  por Natalia Huerta
 
Buenas:

Decis que no tenes todas las partidas de tus clientes. Inicia la demanda acreditando los vinculos de los que si tenes partidas. Alli podes diligenciar los oficios 10.205 y Testamento. Publicar Edictos (todo esto mientras tramitas las partidas). No se va a dictar declaratoria hasta tanto esten presentados todos los herederos denunciados, o mejor dicho notificados.
No pierdas tiempo iniciala.
Saludos

 #69346  por luca
 
Gracias Natalia, te cuento que yo pense como vos y presente demanda con los que tenia las partidas, pero es en un juzgado de paz, y el criterio que tienen es que se deben acreditar todos los vinculos, incluso el de aquellos que vos denuncias y no son tus clientes, una vez acreditados todos los vinculos, recien ahi mandan publicar edictos y las cedulas a los que no se presentaron y denuncié, pero ellos lo único que tienen que hacer es presentarse porque el vinculo ya va a estar acreditado. Me parece equivocado el criterio pero bueno, a cada uno con su librito!!

 #69699  por Natalia Huerta
 
Buenas:

La verdad Luca nunca lo habia escuchado, me decis que juzgado de paz es, asi lo agendo.

Saludos