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  • DIVORCIO CON BIEN CEDIDO A LOS HIJOS

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #687549  por maridepont
 
Estimados colegas, buenas noches!!!!!

Recurro a Ustedes en esta oportunidad para solicitarles me ayuden a resolver un dilema que se me ha planteado. Tengo una familia de amigos muy cercana que está compuesta por padre, madre y dos hijos mayores de edad. Los padres, se encuentran separados de hecho desde hace 10 años. En el momento en que el padre se va de la casa, la esposa realiza la denuncia por abandono de hogar. El único bien que posee el matrimonio es la casa familiar (adquirida como terreno, en la que luego se construyó la casa). La propiedad, no se encuentra escriturada, ya que se adquirió mediante una libreta de pagos, la cual está a nombre del padre de familia. El boleto de compraventa se extravió.

Al efecto de poner en orden los papeles de la casa, se debe iniciar un proceso de usucapión. Como todos los papeles (incluyendo los impuestos) se encontraban a nombre del padre, y el mismo se había ido de la casa hace diez años y no se tenía idea de su paradero, cuando regresó a la ciudad donde vivía, en el 2010, los hijos y su (aún) esposa, se contactaron con Él y se firmó una cesión de derechos hereditarios y posesorios del padre, a favor de los hijos con consentimiento de la esposa, mediante instrumento público. Allí, el padre denunció domicilio en la casa familiar, ya que nunca hizo el cambio de domicilio. A continuación, el padre volvió a marcharse y nada se sabe de Él hasta la actualidad.

Ahora, me ha contactado su esposa y me dice que quiere divorciarse. La duda que me surge es la siguiente: Yo iniciaría el divorcio invocando la causal del art. 214 inc. 2, separación de hecho sin voluntad de unirse por más de tres años. Allí, ¿Denuncio la existencia de la casa como único bien integrante de la sociedad conyugal? Mi intención, es que en la sentencia cuando se determine que se encuentra disuelta la sociedad, se determine que el 50% de la casa queda en cabeza de la mujer (por corresponderle como bien ganancial) y el otro 50%, en virtud de la cesión, se encuentra en cabeza de los hijos.

De esta forma, la señora podría iniciar junto a sus hijos el expediente de usucapión, estando legitimada por la sentencia de divorcio y los hijos por la cesión efectuada.

Mil disculpas por la extensión del relato, es que necesitaba ser bien clara para ponerlos en situación. La verdad, es que este tema me ha hecho dudar bastante, quizás, por tratarse de gente muy cercana.

Desde ya, agradezco muchísimo sus opiniones!! Saludos!!
 #687563  por romulo
 
Cuidado porque al fijar domicilio nuevamente allí se puede tomar como una reconciliación, y si no hay nueva denuncia de abandono de hogar y que pasen los tres años, no creo que prospere, analiza bien y en detalle con los requisitos del 214 y la jurisprudencia, espero que te haya sido de ayuda. suerte!!!!!!!!!!!
 #687566  por maridepont
 
Mil gracias Rómulo!! Si, eso es cierto, lamentablemente, ahora no se toman denuncias por abandono de hogar, y como este hombre jamás hizo el cambio de domicilio, obviamente la escribana le puso el que tenía en el DNI cuando hizo la cesión, el cual, resultaba ser el de la casa familiar. Veré si lo inicio porrazones que hacen imposible la vida en común... Ahora, mi pregunta es la siguiente... La única forma de legitimar a la Sra. para que pueda iniciar la usucapión junto a sus hijos es que en el divorcio, se determine que el 50% de la propiedad le corresponde a ella por ser bien ganancial, verdad? Se les ocurre alguna otra opción?
 #687572  por maridepont
 
maridepont escribió:Mil gracias Rómulo!! Si, eso es cierto, lamentablemente, ahora no se toman denuncias por abandono de hogar, y como este hombre jamás hizo el cambio de domicilio, obviamente la escribana le puso el que tenía en el DNI cuando hizo la cesión, el cual, resultaba ser el de la casa familiar. Veré si lo inicio porrazones que hacen imposible la vida en común... Ahora, mi pregunta es la siguiente... La única forma de legitimar a la Sra. para que pueda iniciar la usucapión junto a sus hijos es que en el divorcio, se determine que el 50% de la propiedad le corresponde a ella por ser bien ganancial, verdad? Se les ocurre alguna otra opción?
Mmm acabo de leer lo que respondí y noté que o puedo hacer el divorcio por razones que hacen imposible la vida en común, ya que no se va a hacer por presentación conjunta (porque el hombre está con paradero desconocido)... Colegas, se les ocurre como puedo hacer?
 #688060  por Carmen Susana
 
Iniciá el divorcio por separación de hecho sin voluntad de unirse sin decir nada del bien, como vas a manifestar que desconoces el domicilio del demandado, van a publicar edictos, etc. y van a nombrar Defensor de Ausentes, el divorcio va a salir rápido.- Después que logres la sentencia. Te explico cómo seguir.-
 #688084  por maridepont
 
Carmen Susana escribió:Iniciá el divorcio por separación de hecho sin voluntad de unirse sin decir nada del bien, como vas a manifestar que desconoces el domicilio del demandado, van a publicar edictos, etc. y van a nombrar Defensor de Ausentes, el divorcio va a salir rápido.- Después que logres la sentencia. Te explico cómo seguir.-
Hola Carmen! Muchas gracias por la respuesta! Sí, me imaginaba hacer eso, directamente lograr el divorcio sin denunciar bienes. De hecho, creo que es la única opción que me queda como están las cosas. La duda que me surge (y por eso te pido que me adelantes un poquito como avanza tu estrategia), es cómo hacer la usucapión luego, es decir, si no denuncio bienes en el divorcio, como puedo hacer para lograr la usucapión. Son dos temas que yo veo muy enredados (divorcio + usucapión). Sucede que como ya le dí mil vueltas, puede ser que tenga el pensamiento "viciado", por ello recurro a Uds. que tienen una visión más despejada del asunto. Desde ya, mil gracias!!!!
 #688454  por maridepont
 
Colegas! Alguien tiene alguna otra opinión? En una charla de café, una colega me sugirió lo mismo que Carmen, hacer el divorcio sin denunciar la casa, ya que, en definitiva, ella había firmado consintiendo la cesión que su marido había hecho a favor de los hijos, y como la cesión se hizo por TODOS los derechos, ya no quedaba nada para dividir. A mi me parece acertada la postura. ¿Alguno tiene una visión distinta? Mil gracias!