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  • prueba de testigos en curatela

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #687712  por guillegaraymolina
 
que tal, les comento que estoy por iniciar una curatela, y tengo un par de dudas. la primer duda es respecto a si en el escrito inicial tengo que ofrecer prueba testimonial para acreditar idoneidad de la persona que será curador definitivo, en mi caso a quien propongo como curador definitivo es a la madre del joven incapaz. al ser la madre creo que se aplica el art 478 del código civil, y por eso tengo dudas respecto a si tengo que ofrecer testigos.
por otro lado, el código de procedimiento de córdoba dice que en caso de que el presunto incapaz no tenga bienes los médicos que informaran sobre su estado serán los forenses, pero para ésto tengo que acreditar sumariamente que no posee bienes. cómo lo hago? en el escrito inicial ofrezco un par de testigos para que declaren que no tiene bienes?? es decir cómo pruebo sumariamente?
les comento que soy de córdoba. desde ya muchas gracias.
 #688019  por Carmen Susana
 
[quote="guillegaraymolina"]que tal, les comento que estoy por iniciar una curatela, y tengo un par de dudas. la primer duda es respecto a si en el escrito inicial tengo que ofrecer prueba testimonial para acreditar idoneidad de la persona que será curador definitivo, en mi caso a quien propongo como curador definitivo es a la madre del joven incapaz. al ser la madre creo que se aplica el art 478 del código civil, y por eso tengo dudas respecto a si tengo que ofrecer testigos.
por otro lado, el código de procedimiento de córdoba dice que en caso de que el presunto incapaz no tenga bienes los médicos que informaran sobre su estado serán los forenses, pero para ésto tengo que acreditar sumariamente que no posee bienes. cómo lo hago? en el escrito inicial ofrezco un par de testigos para que declaren que no tiene bienes?? es decir cómo pruebo sumariamente?
les comento que soy de córdoba. desde ya muchas gracias.[/quote]
Normalmente en una curatela no se ofrecen testigos, si es la pretensa curadora la madre es curadora legal.- No conozco el Código de Forma de Córdoba, mas hacé un escrito manifestando que atento que el presunto insano carece de bienes se nombre a los médicos forenses.-