Hola, les consulto, a mi cliente le llegó una citacion -con demanda de alimentos- de audiencia del 636 en prov de Bs As, y viene obviamente con la audiencia supletoria. Yo siempre voy a la primera, pero en este caso me gustaría dejarla pasar e ir a la supletoria... ¿Habrá algún problema con eso? ¿Tiene mi cliente que demostrar por que no fue a la primera audiencia?
Un saludo, ANAMARIA
Un saludo, ANAMARIA