Coincido en el DEBER DE CUIDADO que debió tener la parte empleadora, CONOCIENDO (no creo que no conociera la enfermedad que su empleada padecía, si la tuvo por 10 años trabajando en su casa) que era epiléptica, el balcón debió estar cubierto de manera que no pudiera caer al vacío, ya que se quedaba sola realizando las tareas domésticas de la casa, y aunque tomara la medicación.
Otra cuestión es el trabajo en negro (respnderán mejor quienes se especialicen en la materia).
Me interesa el tema, ojalá se pueda resolver de la forma más conveniente, aunque es incalculable la pérdida para la familia.
Mis saludos.
Otra cuestión es el trabajo en negro (respnderán mejor quienes se especialicen en la materia).
Me interesa el tema, ojalá se pueda resolver de la forma más conveniente, aunque es incalculable la pérdida para la familia.
Mis saludos.