Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • convenio homologado como sigo

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #671435  por jeanvaljean02
 
Presenté un convenio de tenencia, regimen de visitas y alimentos para homologar, el juzgado dijo:
"Por lo que, en atención a lo normado por el art. 309 CPCC, corresponde hacer lugar a lo peticionado y en consecuencia RESUELVO: I) HOMOLOGAR el convenio suscripto por las partes que obra a fs. 44 de éstos actuados y que en copia a protocolizar, se acompaña y forma parte de la presente.- II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro y protocolización.-
xxxxxxxxx
JUEZ

Preguntas:
1) ¿Notifico a la contraparte de esta resolución? ¿Por cédula? ¿Al constituido?
2) ¿Qué le pido al juzgado para obtener una copia del acuerdo donde conste que fue homologado y que esté certificada por el juzgado? ¿Alguien tiene un modelo de ese escrito?
Gracias
JV
 #671495  por josefernandez
 
notificalo al constituido, de la resolucion q homologo el acuerdo, saca un copia y presentala al expediente diciendo "q vengo por medio de la presente a solicitar copia certificada de la homologacion del acuedo presentado en autos a fs....", simple no mas,
 #691790  por marifigue
 
les hago una consulta dado que estoy recién recibida..me consultaron , una clienta..que no está casada..pero quieren con su ex pareja firmar convenio de alimentos y regimen de visitas....cual es el primer paso?...la redacción del convenio....para luego homologarlo?
para realzar el convenio y que sea válido a la hora de su homologación debe cumplir determinados requisitos?...en cuanto a firmas certificadas...o cómo seria la cuestión?....
por otro lado..el tema de honorarios...es un caso de provincia...alguien sabe cuanto más o menos se cobraría por esto....muchas gracias.
 #691798  por jeanvaljean02
 
marifigue escribió:les hago una consulta dado que estoy recién recibida..me consultaron , una clienta..que no está casada..pero quieren con su ex pareja firmar convenio de alimentos y regimen de visitas....cual es el primer paso?...la redacción del convenio....para luego homologarlo?
para realzar el convenio y que sea válido a la hora de su homologación debe cumplir determinados requisitos?...en cuanto a firmas certificadas...o cómo seria la cuestión?....
por otro lado..el tema de honorarios...es un caso de provincia...alguien sabe cuanto más o menos se cobraría por esto....muchas gracias.
Si hay acuerdo entre ellos, pueden firmar el convenio en tu estudio (armás el convenio), luego mediante un escrito lo presentás ante juzgado para su homologación, requisito : es que no viole el orden público, buscá modelos, hay muchos. En mi provincia no hacen falta dos abogados, pero averiguá en el juzgado como es allá. Podrían pedir un abogado para cada parte o no. Eso si, si te admiten como abogada de los dos, despues no podés litigar representando a uno de ellos, si surge conflicto.
Los honorarios suelen estar indicativamente en la ley de honorarios y tienen relación con el monto de los alimentos, aproximadamente una o dos cuotas de alimentos suelen ser.
Saludos
JV
 #691875  por marifigue
 
muchismas pero muchisimas gracias! me sirve de mucho lo que me decis...estoy en duda en cuanto a la firma...exactamente como decís vos..creo que si bien por ley siempre se piden dos firmas hay juzgados que aceptan una sola..pero no se como es en el caso de firmas de convenio....
por otro lado..la duda de los honorarios es porque estoy en prov. y la ley de honorarios 8904..establce para los alimentos..un porcentaje teniendo como monto para calcular ese porcentaje la suma de dos años de cuota alimentaria establecida...pero tenia la duda..si cuando es por convenio...y no por juicio de alimentos..sino por homologación de convenio..se regulaba igual....o había otra base para fijar honorarios...
la ley de honorarios de la prov. de bs.as..establece eso para los alimentos ..y para la tenencia y regimen de visitas...estableces como mínimo 10 jus.
pero mi duda puntual es en cuanto..a si en la homologacion de convenio se regula asi tb..
por otro lado..la redaccion del convenio...no se cuanto cobrarla....porque la ley de honorarios no tiene regulacion especifica para los convenios de este tema...solo para contratos...etc.
muchas gracias por tu respuesta!!!! todo suma y sirve de mucho!!!! muy amable..lo q me entere te cuento para intercanbiar información. saludos! Mariela.
 #691938  por jeanvaljean02
 
marifigue escribió:muchismas pero muchisimas gracias! me sirve de mucho lo que me decis...estoy en duda en cuanto a la firma...exactamente como decís vos..creo que si bien por ley siempre se piden dos firmas hay juzgados que aceptan una sola..pero no se como es en el caso de firmas de convenio....
por otro lado..la duda de los honorarios es porque estoy en prov. y la ley de honorarios 8904..establce para los alimentos..un porcentaje teniendo como monto para calcular ese porcentaje la suma de dos años de cuota alimentaria establecida...pero tenia la duda..si cuando es por convenio...y no por juicio de alimentos..sino por homologación de convenio..se regulaba igual....o había otra base para fijar honorarios...
la ley de honorarios de la prov. de bs.as..establece eso para los alimentos ..y para la tenencia y regimen de visitas...estableces como mínimo 10 jus.
pero mi duda puntual es en cuanto..a si en la homologacion de convenio se regula asi tb..
por otro lado..la redaccion del convenio...no se cuanto cobrarla....porque la ley de honorarios no tiene regulacion especifica para los convenios de este tema...solo para contratos...etc.
muchas gracias por tu respuesta!!!! todo suma y sirve de mucho!!!! muy amable..lo q me entere te cuento para intercanbiar información. saludos! Mariela.
Mirá, si vos no le decís nada al cliente, te regulan y le cobrás eso, pero los honorarios no son fijos, la ley establece sólo un mínimo, yo soy de otra pcia. pero leé bien esa ley y fijate que sólo fija un minimo, vos podes cobrar lo que te parezca, yo le cobraria al menos lo que dice la ley sumando alimentos y lo otro. Acá cuando tengo duda de algo pregunto en el juzgado, es cierto, primero trato de averiguar por otros lados para no preguntar a cada rato, pero lo de 1 abogado o 2 abogados no está en los libros, es cosa de cada juzgado, por honorarios si mirás bien la ley te das cuenta que los podés fijar vos y que te paguen los clientes, seguramente despues regularán menos, pero ya no te importará lo regulado porque cobraste por tu cuenta, lo regulado te marca el aporte a caja forense. Si optás por cobrarle lo regulado, esperá hasta que homologuen y después pedi regulación y ahí te enterás que criterio aplica el juzgado.
Mas vale, a todos nos sirve este intercambio, saludos
JV