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  • Tengo dudas en jubilaciones por "amas de casa".

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #691813  por fabius
 
Estimados Colegas y Foristas: Tengo que hacer (2) jubilaciones y tengo estas dudas.
. Puedo hacer la jubilación por "amas de casa"del Anses (pagando los aportes) y después con el tiempo hacer la jubilación de docente por el IPS (Provincia de Buenos Aires) y la jubilación de "ama de casa" es o no es compatible con la pensión por veterano de guerra y el haber de retiro del personal militar?
Gracias. Fabius.
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 #691900  por dramamita
 
el tema que para tramitar la jubilacion mal llamada "amas de casa" si esta percibiendo las pensiones honorifica y retirado de las -FFAA, no podra acojerse a la moratoria en cuotas, debiendo abonarla al contado
 #691941  por andrea1982
 
fabius escribió:Estimados Colegas y Foristas: Tengo que hacer (2) jubilaciones y tengo estas dudas.
. Puedo hacer la jubilación por "amas de casa"del Anses (pagando los aportes) y después con el tiempo hacer la jubilación de docente por el IPS (Provincia de Buenos Aires) y la jubilación de "ama de casa" es o no es compatible con la pensión por veterano de guerra y el haber de retiro del personal militar?
Gracias. Fabius.
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Fabius, ante todo tenés que tener presente que la jubilación de amas de casas, tal como te está diciendo dramamita, fue erroneamente denominada, ya que no es ni más ni menos que una J.O. En cuanto a la posibilidad de tener 2 jubilaciones, no es posible tener una de la nación y otra de la provincia de Bs. As., distinto sería el caso si se tratase, por ejemplo, de una caja profesional. Lo importante, es que te fijes por cual caja le correspondería jubilarse, y en ese caso si le faltasen años, si podría o no completar con la moratoria.
 #692435  por fabius
 
Gracias diego79, dramamita y andrea1982: Ahora con un poco más de tiempo les explico mejor (me di cuenta que no me supe explicarme bien):
. Son (2) jubilaciones de docentes de la Provincia de Bs. As.
. En uno de los casos, es un hombre que es militar retirado (cobra un haber de retiro), es veterano de guerra (cobra la pensión nacional) y lleva más de 20 años como docente en la Provincia de Bs. As.
Mi pregunta: puede jubilarse por la mal llamada "jubilación de amas de casa" (pagando de contado los aportes) y después cuando tengo los años cumplidos como docente, puede hacerse la jubilación en Provincia como docente?

Y el otro caso es una mujer que tiene la edad para jubilarse y también como 20 años aportados como docente, en este caso, puede hacerce la jubilación de amas de casa (mal llamada) pagando de contado los aportes y como en el caso anterior cuando tengo los años en Provincia hacerce la jubilación como docente?
Desde ya muchas gracias. Fabius.
 #692442  por dramamita
 
no fabius
aca nada tendria que ver el tema del retiro militar que cobra o la honorifica.............que si son compatibles con la JO nacional, lo que tenes que analizaar es si les conviene tramitar sus jubilaciones por nacion o por provincia , porque no podran tener los 2 beneficios, lo que si podran unificarse los aportes en el otro regimen para incrementar el haber
 #692486  por andrea1982
 
La mayoría de los regímenes provinciales son más beneficiosos que ANSeS. No sé cuantos años de aportes tienen que tener en la provincia de Bs. As. pero si está dispuesta a seguir trabajando seguramente le convenga más que ANSeS. Digo, seguramente porque soy de Santa Fe.
De todas formas, para ambos casos, la misma respuesta, no puede tener provincia mas nación. Es una u otra.
 #697057  por fabius
 
Gracias dramamita y andrea1982: Ahora les hago una pregunta que no se si tendrá respuesta..
Que sucede si estos clientes pagan los aportes para obtener la jubilación del anses (la nacional) y cuando estén en condicones de obtener la jubilación provincial (la de docentes) hacen la misma renunciando a la nacional. Se podrá????? Gracias. Fabius.
 #697076  por andrea1982
 
No están hablando de renunciar a los aportes nacionales, está hablando de renunciar al beneficio.
Vas a tener que analizar varias cuestiones.
Primero tendrás que ver si la provincia acepta que un jubilado por la nación siga trabajando. No todas las provincias lo aceptan. Algunas le dan un plazo.

Además, tené en cuenta que vas a necesitar 30 años. Supongamos que completas 23 años y pones 7 por DDJJ, podrías a llegar a tener problemas a futuro porque realmente no había cese. O sea que por las dudas, debería poner que sigue en actividad.

Para que luego se pueda jubilar por provincia va a tener que completar más años en provincia que en nación, o sea, tener mas de 30 años en la provincia.
Pero estando jubilado, y siendo ambos regímenes recíprocos, no sé como lo tomará la caja provincial, o sea, los aportes van a sumar años para la jubilación o, irá como en la nación a otros fondos?

Tendrías que consultar en la caja provincial, para ver como toman ellos esta situación.