Hola colegas se me planteo la duda con el siguiente caso, tengo una clienta que quedo con la jubilacion acordada condicionalmente ya que es pensionada, Ahora la señora tiene la plata para pagar de contado, pero mi duda es si tiene que pagar de contado lo que quedo consolidado en el SICAM para pagar en cuotas o si debo realizar una liquidacion de pago contado? Bueno creo que me explico. Gracias por cualquier colaboracion.
