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  • modelo ejecucion de sentencia ejecutiva

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 #682757  por dravicka
 
Hola abogado: cuando salga este proveido, tendre que pedir la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion? que dificil es cobrar!!!!!!!!jejejeje mil gracias.
abogado1987 escribió:
dravicka escribió:Hola abogado: hoy presente el escrito lo redacte asi: "de acuerdo a lo previsto en el art.505, cuya cedula de notificacion obra en el expte a fs...., y dado que el deudor no ha deducido oposicion,solicito a V.S mande a continuar la ejecucion sin recutso alguno conforme el derecho que me asiste art.508, 510 y 561 CPCCN.
Tambien inclui un otrosidigo donde solicito se haga extensiva la solicitud para el supuesto de que mis honorarios profesionales no se abonen conjuntamente con la indemnizacion de mi patrocinado"
Como no andaba el foro no pude ver la respuesta antes,y como la ansiedad me esta matando,es mi primer caso con sentencia para cobrar,hice este escrito, espero que V.S me interprete.
Te agradezco mucho.Ni bien me provean te contacto de nuevo.,
Saludos-Virginia.
abogado1987 escribió:interpreto que está cumplido el
Art. 505. - Trabado el embargo se citará al deudor para la venta de los bienes embargados. Las excepciones deberá oponerlas y probarlas dentro de quinto día.

solicitaría
SENTENCIA DE VENTA.
I. Toda vez que la ejecutada notificada a fs. …. de la resolución de fecha …. de Octubre de 200, y no habiendo opuesto excepciones en termino solicito se sentencie esta causa de venta y se mande llevar adelante la ejecución hasta tanto se haga integro pago de …………….., intereses y costas de la ejecución .
Hola Virginia, si están cumplidos los pasos procesales ...

"Buenos Aires, …… de ……………. de 20….. AUTOS Y VISTOS. I. No habiendo
opuesto excepciones en término, sentencio esta causa de venta y mando llevar
adelante la ejecución hasta tanto se haga integro pago de la suma reclamada
en concepto de ............. y las costas de la ejecución. ASÍ SE DECIDE.
Fdo. ………………….. Juez "

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 #683161  por abogado1987
 
dravicka escribió:Hola abogado: cuando salga este proveido, tendre que pedir la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion? que dificil es cobrar!!!!!!!!jejejeje mil gracias.
solicitaría la transferencia de los fondos a la orden del Tribunal y como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........."
 #683718  por dravicka
 
Como pertenecientes a la ejecucion.Del juzgado civil que interviene en la ejecucion al civil que lleva la sucesion donde esta embargado el remanente de subasta.
No se como agradecerle doc.siempre ud.esta presente,tendrian que nombrarlo
"abogado emerito"en el cpacf.
Buen fin de semana.
abogado1987 escribió:
dravicka escribió:Hola abogado: cuando salga este proveido, tendre que pedir la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion? que dificil es cobrar!!!!!!!!jejejeje mil gracias.
solicitaría la transferencia de los fondos a la orden del Tribunal y como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........."
 #683767  por abogado1987
 
dravicka escribió:Como pertenecientes a la ejecucion.Del juzgado civil que interviene en la ejecucion al civil que lleva la sucesion donde esta embargado el remanente de subasta.
No se como agradecerle doc.siempre ud.esta presente,tendrian que nombrarlo
"abogado emerito"en el cpacf.
Buen fin de semana.

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abogado1987 escribió:
dravicka escribió:Hola abogado: cuando salga este proveido, tendre que pedir la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion? que dificil es cobrar!!!!!!!!jejejeje mil gracias.
solicitaría la transferencia de los fondos a la orden del Tribunal y como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........."
 #684022  por abogado1987
 
dravicka escribió:Como pertenecientes a la ejecucion.Del juzgado civil que interviene en la ejecucion al civil que lleva la sucesion donde esta embargado el remanente de subasta.
No se como agradecerle doc.siempre ud.esta presente,tendrian que nombrarlo
"abogado emerito"en el cpacf.
Buen fin de semana.
abogado1987 escribió:
dravicka escribió:Hola abogado: cuando salga este proveido, tendre que pedir la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion? que dificil es cobrar!!!!!!!!jejejeje mil gracias.
solicitaría la transferencia de los fondos a la orden del Tribunal y como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........."
Hola Virginia, tené presente en relación

"... la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion ..."

solo el juez que decretó la subasta puede ordenar la transferencia de los fondos a la cuenta judicial de la ejecución

por lo cual, requeriría al juez donde tramita la ejecución que solicite al juez - que decretó la subasta - la transferencia de los fondos embargados
como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........." (oficio de juez a juez)
 #690523  por dravicka
 
Hola abogado: como estas? el juzgado me saco este proveido:
"notifiquese conf. ley 22.172 el auto de fs.29 al demandado al domicilio que informa a fs.41"
el auto de fs.29 es la citacion de venta art 505.y fue notificado por cedula comun hecha por mi,como se notifica por ley 22.172????? me esta volviendo loca esta ejecucion?.

abogado1987 escribió:
dravicka escribió:Hola abogado: cuando salga este proveido, tendre que pedir la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion? que dificil es cobrar!!!!!!!!jejejeje mil gracias.
solicitaría la transferencia de los fondos a la orden del Tribunal y como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........."
[/quote]

Hola Virginia, tené presente en relación

"... la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion ..."

solo el juez que decretó la subasta puede ordenar la transferencia de los fondos a la cuenta judicial de la ejecución

por lo cual, requeriría al juez donde tramita la ejecución que solicite al juez - que decretó la subasta - la transferencia de los fondos embargados
como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........." (oficio de juez a juez)[/quote]
 #690758  por abogado1987
 
dravicka escribió:Hola abogado: como estas? el juzgado me saco este proveido:
"notifiquese conf. ley 22.172 el auto de fs.29 al demandado al domicilio que informa a fs.41"
el auto de fs.29 es la citacion de venta art 505.y fue notificado por cedula comun hecha por mi,como se notifica por ley 22.172????? me esta volviendo loca esta ejecucion?.
abogado1987 escribió:
dravicka escribió:Hola abogado: cuando salga este proveido, tendre que pedir la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion? que dificil es cobrar!!!!!!!!jejejeje mil gracias.
solicitaría la transferencia de los fondos a la orden del Tribunal y como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........."
Hola Virginia, tené presente en relación

"... la transferencias de fondos del remanente de subasta que esta embargado a una cuenta a nombre de los autos de la ejecucion ..."

solo el juez que decretó la subasta puede ordenar la transferencia de los fondos a la cuenta judicial de la ejecución

por lo cual, requeriría al juez donde tramita la ejecución que solicite al juez - que decretó la subasta - la transferencia de los fondos embargados
como pertenecientes a las actuaciones " .......... s/ ..........." (oficio de juez a juez)[/quote][/quote]


Hola Virginia, cédula ley 22172 >

LEY 22.172
Art. 6º — No será necesaria la comunicación por oficio al tribunal local, para practicar notificaciones, citaciones e intimaciones o para efectuar pedidos de informes, en otra jurisdicción territorial. Las cédulas, oficios y mandamientos que al efecto se libren, se regirán en cuanto a sus formas por la ley del tribunal de la causa y se diligenciarán de acuerdo a lo que dispongan las normas vigentes en el lugar donde deban practicarse.

Llevarán en cada una de sus hojas y documentos que se acompañen el sello del tribunal de la causa y se hará constar el nombre de las personas autorizadas para intervenir en el trámite. Estos recabarán directamente su diligenciamiento al funcionario que corresponda, y éste, cumplida la diligencia, devolverá las actuaciones al tribunal de la causa por intermedio de aquéllos.

Cuando la medida tenga por objeto la transferencia de sumas de dinero, títulos y otros valores, una vez cumplida y previa comunicación al tribunal de la causa, se archivará en la jurisdicción en que se practicó la diligencia.

Igual procedimiento se utilizará, cuando se trate de hacer efectivas medidas cautelares que no deban inscribirse en registros o reparticiones públicas y siempre que para su efectivización no se requiera el auxilio de la fuerza pública.

Art. 8º — Los oficios, cédulas, mandamientos y testimonios serán presentados para su tramitación por abogados o procuradores matriculados en la jurisdicción donde deba practicarse la medida. Cuando las personas autorizadas para intervenir en el trámite no revistiesen ese carácter, deberán sustituir la autorización a favor de profesionales matriculados.

Salvo limitación expresa, asumen todas las obligaciones y ejercen todos los derechos del mandatario judicial, inclusive el de sustituir la autorización. Están facultados para hacer peticiones tendientes al debido cumplimiento de la medida siempre que no alteren su objeto.
LEY 22.172

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... /norma.htm

formulario de cédula ley 22.172, en
http://www.cpacf.org.ar/formulariolisto ... 522172.doc
 #690874  por dravicka
 
Hola: la cuestion aqui es que el tribunal no es en extraña jurisdiccion,estan los domicilios en capital.Preparare la cedula y la dejo en el juzgado o la tengo que diligenciar yo? gracias.
 #691132  por abogado1987
 
dravicka escribió:Hola: la cuestion aqui es que el tribunal no es en extraña jurisdiccion,estan los domicilios en capital.Preparare la cedula y la dejo en el juzgado o la tengo que diligenciar yo? gracias.
Hola Virginia, el juzgado está ordenando >
dravicka escribió: ... "notifiquese conf. ley 22.172 el auto de fs.29 al demandado al domicilio que informa a fs.41"
el auto de fs.29 es la citacion de venta art 505.y fue notificado por cedula comun hecha por mi,como se notifica por ley 22.172????? me esta volviendo loca esta ejecucion?.
por el auto, interpretaría que el domicilio que informa a fs.41 estaría en extraña jurisdiccion (provincia)

las cédulas ley 22.172 las diligencia el letrado - previamente sellada por el juzgado - a la "Oficina de Mandamientos y Notificaciones" que corresondiere
 #692672  por dravicka
 
Hola abogado: el juzgado 65 me esta volviendo loca,me manda a notificar a un domicilio en la provincia de buenos aires en un barrio que no existe. Me explico la que lleva la causa que debo notificar al demandado en un domicilio real y no constituido por eso me manda a notificar a prov.de bs as pero ese lugar no existe.Por favor que puedo hacer?
 #693059  por abogado1987
 
en primer termino interpreto que notificaría conforme lo ordenado por el tribunal

en caso de notificación negativa, solicitaría de acuerdo lo normado en el > (segundo párrafo)

Art. 41. - Si no se cumpliere con lo establecido en la primera parte del artículo anterior, las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas en la forma y oportunidad fijadas por el artículo 133, salvo la notificación de la audiencia para absolver posiciones y la sentencia.
Si la parte no denunciare su domicilio real, o su cambio, las resoluciones que deban notificarse en dicho domicilio se cumplirán en el lugar en que se hubiere constituído, y en defecto también de éste, se observará lo dispuesto en el primer párrafo.

CPCCN
 #693456  por dravicka
 
Hola: yo pense en notificar igual,pero al confeccionar la cedula,no puedo colocar la zona de notificacion,ni la localidad: el domicilio donde tengo que notificar es barrio lanin monoblock2 depto 7 prov.de buenos aires".Coloco en la cedula este domicilio y la llevo a la oficina de notificaciones?se mudaron a la calle jean jeaures?millones de gracias!!!!!
abogado1987 escribió:en primer termino interpreto que notificaría conforme lo ordenado por el tribunal

en caso de notificación negativa, solicitaría de acuerdo lo normado en el > (segundo párrafo)

Art. 41. - Si no se cumpliere con lo establecido en la primera parte del artículo anterior, las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas en la forma y oportunidad fijadas por el artículo 133, salvo la notificación de la audiencia para absolver posiciones y la sentencia.
Si la parte no denunciare su domicilio real, o su cambio, las resoluciones que deban notificarse en dicho domicilio se cumplirán en el lugar en que se hubiere constituído, y en defecto también de éste, se observará lo dispuesto en el primer párrafo.

CPCCN
 #693596  por abogado1987
 
dravicka escribió:Hola: yo pense en notificar igual,pero al confeccionar la cedula,no puedo colocar la zona de notificacion,ni la localidad: el domicilio donde tengo que notificar es barrio lanin monoblock2 depto 7 prov.de buenos aires".Coloco en la cedula este domicilio y la llevo a la oficina de notificaciones?se mudaron a la calle jean jeaures?millones de gracias!!!!!
el domicilio real debería identificar ciudad, partido, etc

pues > "Pase para su diligenciamiento a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de la ciudad de ............. Provincia de ... (arts. 6; 8 y cc. de la Ley 22.172) quedando autorizado para su diligenciamiento el Abogado ... , con facultad de sustituir .... " (texto que debe incluir la cédula ley 22.172)

se diligencia a la "oficina de mandamientos y notificaciones" correspondiente al domicilio en provincia que se pretende notificar

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 #698334  por dravicka
 
buenas noches abogado: le cuento que confeccione la cedula ley como me indico el juzgado y es imposible su diligenciamiento dado que no se puede establecer la localidad y el partido del domicilio a notificar.
Ahora como manotazo de ahogado pense en presentar un escrito contandole al juez la imposibilidad de la notificacion al domicilio que ellos me indican,pero no que proponer como solucion pense en citar el art.41 pero es el ejecutado al que no puedo ejecutar y dado que si no notifico no avanza mi ejecucion.Si es tan amable como siempre,y conoce la solucion desde siempre agradecida.Buen Fin de semana.

abogado1987 escribió:
dravicka escribió:Hola: yo pense en notificar igual,pero al confeccionar la cedula,no puedo colocar la zona de notificacion,ni la localidad: el domicilio donde tengo que notificar es barrio lanin monoblock2 depto 7 prov.de buenos aires".Coloco en la cedula este domicilio y la llevo a la oficina de notificaciones?se mudaron a la calle jean jeaures?millones de gracias!!!!!
el domicilio real debería identificar ciudad, partido, etc

pues > "Pase para su diligenciamiento a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de la ciudad de ............. Provincia de ... (arts. 6; 8 y cc. de la Ley 22.172) quedando autorizado para su diligenciamiento el Abogado ... , con facultad de sustituir .... " (texto que debe incluir la cédula ley 22.172)

se diligencia a la "oficina de mandamientos y notificaciones" correspondiente al domicilio en provincia que se pretende notificar

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