El BLSG paralizado no es un gran problema, el letrado pudo haber planificado desparalizarlo antes de la sentencia, citar a los testigos, luego citar a la contraparte y listo. El interés del BLSG es que el cliente no pague los gastos y en la medida que haya sido radicado junto con el juicio de daños, a fin de no hacerle exigible el pago de la tasa de justicia, es irrelevante el momento en que lo actives en tanto sea antes de la sentencia -hablo de Provincia, donde la caducidad de instancia existe, pero en los hechos requiere una intimación previa frente a la cual la parte activa el procedimiento.
La caducidad de la prueba sí es un problema, porque priva a la parte de su derecho a la defensa, pero tenés que evaluar si esa prueba era esencial y decisiva para la definición de la causa, si era prueba superflua o irrelevante como causal de mala praxis no prospera, o si produciéndola el resultado habría sido el mismo, tampoco.
En esto de la mala praxis contra un colega prima tu criterio, no soy partidario de hacer esa clase de juicios salvo que el colega haya retenido fondos del cliente (y en ese caso procede una denuncia penal, mas que un proceso civil) porque desconozco como se desarrolló la relación cliente/abogado y en ese contexto, al hacer lo que me parece correcto de acuerdo al expediente (vos hablás de firmas falsificadas, entre otras cosas) puedo estar perjudicando al colega.
Lo de las firmas pudo darse -como ejemplo- por un cliente que vive lejos del estudio de su abogado y que nunca podía ir a firmar los escritos o tenía un arreglo tácito en ese sentido, sabiendo que su abogado le firmaba los escritos -lo cual a mi modo de ver lo pinta al abogado como un tipo negligente respecto de sus propias espaldas, pero que no merece una mala praxis. De todos modos tenés que evaluar si esas firmas falsificadas lo perjudicaban a tu cliente o no (si no lo perjudicaban y el resultado del escrito era favorable a los intereses del cliente lo firmara el no, porque le resultado era el mismo y no existió dolo deliberado en la causa que le fue encomendada perjudicando al propio cliente, no prospera ni un prevaricato penal ni una mala praxis, hay bastante jurisprudencia del caso). Lo de la prueba, tenés que ver si era esencial y decisiva para la dilucidación de la causa o no, si su producción pudo haber influído en la sentencia en favor de tu cliente o no porque si era prueba irrelevante o superflua, la falta de producción de la misma no genera mala praxis.
No recuerdo si en tu posteo aludís a alguna caducidad de la instancia, eso sí generaría mala praxis, pero sacando ese supuesto, tomalo con pinzas. Es tu criterio jurídico el que prima. Lo de las citaciones a las pericias, si la relación se manejaba en forma telefónica -como es normal en nuestro rubro, nadie le manda una carta documento a su propio cliente para avisarle de una audiencia, o pericia- cabe que tu cliente se haya enterado y, por la razón que fuere, no haya asistido. Particularmente, en casos de clientes complicados, me manejo no solo con teléfono sino con mensaje de texto, a fin que quede plasmada fecha y hora. Si le colega prueba que existió comunicación telefónica mas o menos frecuente con tu cliente, se supone que se relaciona con la litis y es una presunción en su favor que no te ayuda en una mala praxis (también hay jurisprudencia de ese item).
De todos modos, el anterior colega es un irresponsable, pero no tanto respecto de tu cliente sino de su propia responsabilidad ya que su posición descubierta lo obliga, eventualmente, a responder en una mala praxis.
Yo me focalizaría en resolver el problema, mas que en tirarle tierra al abogado anterior. Sobre todo porque si las cosas salen mal con la mala praxis y la perdés, vos sos quien va a tener que explicarle al cliente porqué le tiene que pagar las costas a tu ex abogado... y quizá hasta te enchufe una mala praxis a vos con otro colega, con o sin razón.
Tengo los bolsillos llenos de verdades (by Charlie)