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  • EJECUCION DE HONORARIOS EN JUICIOS DE DESALOJO!!contra quien

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #688003  por RocioG
 
Hola foristas les hago una consulta, soy nueva en esto.. salio la sentencia de desalojo y me regularon honorarios, LA sentencia salio contra el ocupante del inmueble, el demandado, (en el juicio principal no figuara en la demanda de desalojo el FIADOR) pero si figura en el PVE. Ahora el desalojo se funda en el contrato de locacion reservado en secretaria que obviamente ESTA EL FIADOR...
mi pregunta es.. los honorarios que me regulan en la sentencia.. puedo inciar el incidente de regulacion e ir contra el FIADOR???plisssssssssss ESTO es urgente se que piensa vender el auto que tiene embargado por el juicio de cobro de alquileres......

otra cosa...la sentencia la notifique al igual que la ejecucion y lanzamiento... ahora.. como es el tramite de la ejecucion de honorarios?
pido copia certificada en el juzgado de la sentencia donde me regulan los honorarios y de la cedula de notificacion donde la notificio por primera vez.. y a partir de ahi el incidente se inicia en el mismo juzgado donde esta el principal?
tiene el tramite de ejecucion de sentencias no?
por favor si alguien me orienta, soy de cordoba, y perdon si pregunto cosas obvias o burradas..
millones de gracia!!! :)
 #694053  por susana40
 
Para iniciar ejecucion de honorarios, en tu caso, si en la sentencia esta lo que te regularon por honorairos, debes presentar la sentencia,mas la cedula diligenciada de la sentencia a la otra parte, en fotocopia y que certifique la secretaraia, ya que debes presentar en el mismo juzgado y secretaria donde esta el principal. se forma un expte. y lo cosen al principal. espero que te sirva.
 #694115  por cfg
 
yo si fuera el abogado del fiador me opondría por el simple hecho de que no fui ni siquiera llamado como tercero y ahora de la nada pretenden cobrarme los honorarios....
 #694119  por DoctorPiccafeces
 
cfg escribió:yo si fuera el abogado del fiador me opondría por el simple hecho de que no fui ni siquiera llamado como tercero y ahora de la nada pretenden cobrarme los honorarios....
Tenés un buen punto, pero el contrato de locación suele amparar a los cánones locativos, intereses y costas judiciales por lo que el garante debiera responder por todos esos rubros -la redacción es mas o menos la misma en todos los casos- yo notificaría a los dos de tu regulación -garante e inquilino- porque lo peor que puede pasar es que te opongan una excepción de falta de legitimación pasiva y en ese caso tenés argumentos para responderla.

Fijate si está enviada la CD que prescribe la ley de desalojos urbanos, si el garante la recibió tenés un buen punto, aunque corrés el riesgo que bien te expone cfg -riesgo que a mi modesto entender, vos podés manejar con la firma hy las obligaciones del garante en el contrato base de la acción.
 #694125  por cfg
 
DoctorPiccafeces escribió:
cfg escribió:yo si fuera el abogado del fiador me opondría por el simple hecho de que no fui ni siquiera llamado como tercero y ahora de la nada pretenden cobrarme los honorarios....
Tenés un buen punto, pero el contrato de locación suele amparar a los cánones locativos, intereses y costas judiciales por lo que el garante debiera responder por todos esos rubros -la redacción es mas o menos la misma en todos los casos- yo notificaría a los dos de tu regulación -garante e inquilino- porque lo peor que puede pasar es que te opongan una excepción de falta de legitimación pasiva y en ese caso tenés argumentos para responderla.

Fijate si está enviada la CD que prescribe la ley de desalojos urbanos, si el garante la recibió tenés un buen punto, aunque corrés el riesgo que bien te expone cfg -riesgo que a mi modesto entender, vos podés manejar con la firma hy las obligaciones del garante en el contrato base de la acción.
Estoy de acuerdo, en principio deberá pagar, pero sería más prolijo haberlo citado al desalojo como se cita a una cia. de seguros para que después responda...