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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #693663  por mariana080280
 
hola foristas, les consulto porque no puedo interpretar bien la 524, el caso es el siguiente
una Sra trabajo desde el 17/02/1976 al 08/01/1979 (2 años y 10 meses) y en el sijip me figuran 1977 (no dice alta/ baja/ni meses trabajados) si esta la remuneracion y cuenta y 1978 mt 12, 1979 mt. 1
solo tengo una copia de la certificacion de ss, porque el empleador argumenta que ya la entrego y no tiene la obligacion de entregarla nuevamente.-
como pruebo estos ss?
 #693806  por fabidoc
 
Si tiene afiliación anterior al 77, con la copia del la certif. le deberían tomar todo.
Mandale un telegrama gratuito al empleador, capaz lo vuelve a confeccionar, no sé si puede probar que ya la entregó.
 #693855  por sutriz
 
Buenas tardes
Les comento que la semana pasada estuve en UDAI Caseros y me dijo la iniciadora que ahora con la probatoria estan más exigentes y que para el caso de falta de certificación ó certificado incompleto (ej. le falta la descripción de la actividad de la empresa) ,aunque figuren algunos aportes de la empresa en el SIPA, no alcanza con el telegrama y el acuse de recibo sino que además hay que acompañar toda otra prueba que se disponga, de lo contrario no toman el pedido de reconocimiento.

Saludos
 #693931  por mmmm
 
decile a la iniciadora de Caseros que te diga el nro de circular, son unas caraduras, anda siempre con la 524 en el bolsillo y explicale la probatoria, al tercero que inicias no te joden mas
 #693940  por MARIO1943
 
fabidoc escribió:Si tiene afiliación anterior al 77, con la copia del la certif. le deberían tomar todo.
Mandale un telegrama gratuito al empleador, capaz lo vuelve a confeccionar, no sé si puede probar que ya la entregó.
LOS EMPLEADORES, YA ESTAN CURADOS DE ESPANTO, SE LE HACE FIRMAR UNA CONSTANCIA COMO QUE SE LE ENTREGO LA CERTIFICACION DE SERVICIOS, EN TERMINO UNA VEZ EXTINGUIDA LA RELACION LABORAL , CASO CONTRARIO SE HACEN ACREEDOR A LAS INDEMNIZACIONES QUE PREVEE EL ART. 80 DE LA LEY D E CONTRATO D E TRABAJO
 #693982  por sutriz
 
HOLA
Disculpen si me expresé mal pero, no quise decir que lo tomen automáticamente sino que aunque no lo hayas cargado en el formulario, la iniciadora puede cargarlo
 #693989  por sutriz
 
Otra vez, DISCULPEN . Mi comentario anterior( "Disculpen si me expresé...") era para el post "art. 3"
 #694034  por fabidoc
 
MARIO1943 escribió:
fabidoc escribió:Si tiene afiliación anterior al 77, con la copia del la certif. le deberían tomar todo.
Mandale un telegrama gratuito al empleador, capaz lo vuelve a confeccionar, no sé si puede probar que ya la entregó.
LOS EMPLEADORES, YA ESTAN CURADOS DE ESPANTO, SE LE HACE FIRMAR UNA CONSTANCIA COMO QUE SE LE ENTREGO LA CERTIFICACION DE SERVICIOS, EN TERMINO UNA VEZ EXTINGUIDA LA RELACION LABORAL , CASO CONTRARIO SE HACEN ACREEDOR A LAS INDEMNIZACIONES QUE PREVEE EL ART. 80 DE LA LEY D E CONTRATO D E TRABAJO
Disculpame Mario, a me mandan las certificaciones por correo ya que me encargo yo de pedirlas y no firmo nada.
Conozco el art. 80, gracias.
 #694041  por fabidoc
 
mmmm escribió:decile a la iniciadora de Caseros que te diga el nro de circular, son unas caraduras, anda siempre con la 524 en el bolsillo y explicale la probatoria, al tercero que inicias no te joden mas
Exactamente, yo hago valer la probatoria en un 100%. Siempre me tuvieron que dar la razón.
 #694044  por fito657
 
No está demas decir que cuando el 100% de lo invocado está en el sijp conforme a la 524 no se necesita certificacion de servicios.
 #694046  por fabidoc
 
fito657 escribió:No está demas decir que cuando el 100% de lo invocado está en el sijp conforme a la 524 no se necesita certificacion de servicios.
Si claro y si cumple con los porcentajes, tampoco solicito las certificaciones. EL cliente pierde plata por cada día que no cobra.
 #694798  por mariana080280
 
mariana080280 escribió:hola foristas, les consulto porque no puedo interpretar bien la 524, el caso es el siguiente
una Sra trabajo desde el 17/02/1976 al 08/01/1979 (2 años y 10 meses) y en el sijip me figuran 1977 (no dice alta/ baja/ni meses trabajados) si esta la remuneracion y cuenta y 1978 mt 12, 1979 mt. 1
solo tengo una copia de la certificacion de ss, porque el empleador argumenta que ya la entrego y no tiene la obligacion de entregarla nuevamente.-
como pruebo estos ss?