si es totalmente posible. siempre y cuando la acción civil se desprenda de la acción laboral
amg escribió:Disculpen mi ausencia, pero aqui estoy nuevamente y me resulta grato que le quitemos tremendismo al tema.
Los motivos del suicidio del trabajador no se vincula con el trabajo, es por causas ajenas a dicha relación.
El tema de los daños y perjuicios, tiene que ver con que la viuda se ve privada de acceder a una pensión porque el empleador no efectuó los aportes.
Pero para ir por via civil debería tener acreditado en sede laboral, eltrabajo en negro, mi temor es que mientras acciono en sede laboral se me venza el plazo para demandarlo por daños y perjuicios. por eso quería saber si es posible que introduzca en el fuero laboral el tema de los daños.
Me huele a art. 132 bis LCT, con independencia de las otras indemnizaciones en sede laboral, que paguen el sueldo completo hasta el momento de regularizar la situación de aportes previsionales y sociales, es bastante interesante no?
Por vía civil se reclaman daños y perjuicios derivados del incumplimiento a la registración,