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  • BAJA DE INGRESOS BRUTO INTIMACION DE ARBA

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #694667  por ceciliadiaz
 
Hola les cuento, que es mi primer cliente con este problema, le llego una intimacion de arba, porque no presente DDJJ, el se dio de baja en afip como monotributista y le quedo pendiente IIBB, pero le dicen que no puede darle de baja porque debe DDJJ desde el 2005 hasta el 2011, mi pregunta es. las declaraciones juradas de anticipo de ganancias debo hacerlas en el aplicativo siap??? y enviarlas con la clave fiscal, en donde dice presentacion de declaraciones juradas y pagos, o cual es el formulario a completar. Y que luego de presentadas las declaraciones juradas, le puede dar de baja a IIBB. Espero su respuesta.
 #695014  por GastonDP
 
Declaraciones juradas de anticipos de ganancias? presentacion de DJ y pagos?
Me parece que estás confundiendo los tantos. Las DJ de ARBA se presentan a través del sitio institucional con CIT.
Y debes presentar desde 2005 a la fecha, con anuales incluídas. Luego de ello, recien podrás gestionar la baja via web (tambien necesitas CIT).
 #695350  por GastonDP
 
ceciliadiaz escribió:Hola si mi duda es porque en IIBB le dijeron que tenia que presentar las declaraciones juradas con la clave del afip que con esa clave iba a poder ingresar en el sitio http://www.patronweb.com.ar y ahi abre la pagina de afip...
A ver, lo que debe suceder acá es que me parece que tu cliente estaba en el sistema de convenio multilateral, cosa aun mas engorrosa. Esas DJ se presentan a traves del sitio de AFIP.

Te recomiendo que lo haga un colega contador, ya que veo que no estas empapada en el tema y se puede llegar a poner áspero el tema.

CUalquier consulta mas directa, mandamela a mi mail asi no tardo en contestarte: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com
 #695983  por MLF
 
Perdon que me meta pero estoy de acuerdo con el colega, necesitas que un contador te maneje el tema y después urgente dar la baja para que no te corran más períodos ni intereses ni posibles embargos de cuenta.
Fijate que no esté en instancia judicial la deuda ya que 2005 me suena a instancia judicial, 2011 no!!

Saludos.