fede7801 escribió:Se muy bien que no se aplica la ley de defensa del consumidor por eso puse: "aplicación analógica de dicha ley"; espero que la próxima vez lea bien Ud. Je!Vaya vaya.... me ha dado un nuevo concepto sobre la "analogía de la ley".
Además te comento por si no lo sabes que muchos juzgados están extendiendo la aplicación de la ley a posibilidades no contempladas en dicha ley, como por ejemplo a relaciones entre dos empresas en donde una de las dos no es consumidor final. Es decir los jueces si bien aclaran que la ley de defensa del consumidor no se aplica, en el fallo dan la misma respuesta y solución de la que establece dicha ley. Por eso hice mención a la aplicación analógica de dicha ley y no dije que se aplique directamente la misma.
Gracias por tus comentarios que ya me permitieron dar luz sobre un tema muy importante en estos últimos años como es la ley de defensa del consumidor, sus alcances, implicancias y aplicaciones prácticas.
Éxitos.
pd: Recordemos al pueblo japonés y brindemosle todo nuestro apoyo. Ellos si que saben resurgir de las cenizas.
Relea lo que ha escrito Sr. y pregúntese si existe alguna irracionalidad en ello.
Se muy bien que no se aplica la ley de defensa del consumidor por eso puse: "aplicación analógica de dicha ley"
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