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  • Levantan la Resolucion 884

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #695683  por lorenam
 
Colegas: Alguno escucho el rumor muy fuerte que dice que levantan las limitaciones de la Resolucion 884 de Anses?
 #695718  por hugo2
 
lorenam escribió:Colegas: Alguno escucho el rumor muy fuerte que dice que levantan las limitaciones de la Resolucion 884 de Anses?
Compañeros, seria conveniente que los rumores los sustenten con numero de ley, decreto, circular, resolucion, etc. Para no crear falsas espectativas.
 #695728  por alejandra01
 
LA VERDAD, HUBIERA SIDO CONVENIENTE UN SIGNO DE PREGUNTA AL FINAL DEL TITULO!!!
CASI ME MUERO CUANDO LO LEÍ..PORQUE ES MAS UNA AFIRMACIÓN QUE UNA PREGUNTA..
SI ES UNA PREGUNTA, TERMINA CON ????????????????
SI ES UNA AFIRMACION, COINCIDO CON HUGO..
[
quote="hugo2"]
lorenam escribió:Colegas: Alguno escucho el rumor muy fuerte que dice que levantan las limitaciones de la Resolucion 884 de Anses?
Compañeros, seria conveniente que los rumores los sustenten con numero de ley, decreto, circular, resolucion, etc. Para no crear falsas espectativas.[/quote]
 #695828  por pampa71
 
La Justicia dijo que las amas de casa pueden jubilarse aún con deudas.
La Cámara declaró inconstitucional una norma de la ANSES que obligaba a los beneficiarios a cancelar previamente la deuda por los aportes no ingresados.

La Cámara de la Seguridad Social declaró inconstitucional la resolución 884/2006 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que fija que para acceder a la jubilación por moratoria, en el caso de quienes están pensionados o cobran alguna otra prestación, deben cancelar previamente la deuda por los aportes no ingresados.

Los magistrados, en la causa "Aída Tripodi y otros contra ANSES", sostuvieron que ese requisito -tener cancelados los aportes no ingresados- no está en las normas legales que permiten la jubilación por moratoria, también llamada "de amas de casa", informó el diario Clarín.

Los jueces consideraron que el organismo introdujo para el goce del beneficio, "una exigencia no contemplada por la norma reglamentada, excediendo, por tanto, el ámbito de validez fijado por la ley".

De acuerdo al matutino, el sistema de jubilación por moratoria permite a las personas que están en edad jubilatoria declarar aportes anteriores a septiembre de 1993 -que no ingresaron al sistema porque estuvieron desempleadas o se desempeñaron "en negro"-para completar los 30 años de aportes requeridos.

En ese caso, esas personas pueden jubilarse y los aportes adeudados se deducen en hasta 60 cuotas del beneficio.

El matutino indicó que en la resolución cuestionada, la ANSES excluyó de esa posibilidad a las personas que estén percibiendo "cualquier tipo de planes sociales, pensiones graciables o no contributivas, jubilación, pensión o retiro civil, militar o policial, ya sean nacionales, provinciales o municipales".

En esos casos, "sólo adquirirán derecho al cobro del beneficio previsional a partir de la cancelación total de la deuda reconocida", destacaron los jueces .

Así, por ejemplo, con esa resolución, una pensionada por viudez que solicitara jubilarse a través del sistema de moratoria debería pagar antes la totalidad de la deuda para acceder a la jubilación, concluye Clarín este viernes.

Fuente: Infobae Profesional
 #696124  por alejandra01
 
pero es fallo de cámara. Hay que ver si anses lleva el caso a la corte. Cuando eso pase, o no, podremos saber como puede llegar a seguir el tema.
Hoy está igual que antes, con un voto a favor.
Si no va a la corte, quedamos con el voto a favor, y aunque anses deniegue la carss deberá aprobar.
si va a la corte, tendremos que esperar la resolución de la misma...