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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #694877  por danigross1
 
Colegas, soy nuevo en la profesion, una cliente quiere actualizar su pension, el marido fallecio hace dos años y se jubilo en el año 95, por lo que vi si se pueden actualizar las pensiones, mi pregunta es, si primero tengo que actualizar la jubilacion, con que ley y fallo. Gracias.-
 #697163  por danigross1
 
SIGO ESPERANDO UNA RESPUESTA. POR FAVOR.
 #697167  por hugo2
 
danigross1 escribió:Colegas, soy nuevo en la profesion, una cliente quiere actualizar su pension, el marido fallecio hace dos años y se jubilo en el año 95, por lo que vi si se pueden actualizar las pensiones, mi pregunta es, si primero tengo que actualizar la jubilacion, con que ley y fallo. Gracias.-
Talvez alguien penso que se trataba de una broma.
1 ) Te fijaste si le corresponde reajuste.
2 ) Hiciste los calculos.
3 ) Si lees los post hay mucho material para consultar.
 #697174  por andrea1982
 
Hola. No te quiero faltar el respeto, pero la forma en que hacés la consulta demuestra un desconocimiento total del tema, será por eso que no te respondieron. Si bien muchas veces nos quejamos de que ANSeS responde cualquier cosa, etc., y que por eso es "fácil" ganar un juicio de reajuste, no nos olvidemos que así como ANSeS está desbordado de juicios y por eso no prestan atención, los juzgados también, sobre todo los de interior, y muchas veces salen sentencias con errores, que, por más que hayas presentado la demanda con el modelito que te pasaron, si no conocés el tema quizás esos errores perjudiquen a tu cliente, y sea irremediable.
Lee un poco mas del tema, fijate si podés derivar el caso, o compartirlo.
Espero que tomes bien mi consejo.
Saludos
Andrea
 #698376  por danigross1
 
MAL NO ESTA MI PREGUNTA, SOLO QUIERO SABER SI SE PUEDE ACTUALIZAR UNA PENSION Y CON QUE FALLO, UNA VEZ QUE TENGA ESOS DATOS VOY A ESTUDIAR BIEN EL CASO, SOLO NECESITO UNA AYUDA PARA DIRECCIONAR EL CASO Y NO UNA RESPUESTA EGOISTA E IRONICA, SI DERIVO EL CASO NUNCA VOY A APRENDER.
 #698379  por hugo2
 
danigross1 escribió:MAL NO ESTA MI PREGUNTA, SOLO QUIERO SABER SI SE PUEDE ACTUALIZAR UNA PENSION Y CON QUE FALLO, UNA VEZ QUE TENGA ESOS DATOS VOY A ESTUDIAR BIEN EL CASO, SOLO NECESITO UNA AYUDA PARA DIRECCIONAR EL CASO Y NO UNA RESPUESTA EGOISTA E IRONICA, SI DERIVO EL CASO NUNCA VOY A APRENDER.
Lamento que alguna de las respuesta no fue de tu agrado, pero yo pienso que el camino es al revez, antes de tomar un caso tengo que aprender.
Hay muchisimo material en el foro y si lo aprendes te va a serviar para este caso y para todos.
 #698388  por andrea1982
 
Podés derivarle el caso a alguien que sepa y que te enseñe. A mi no me parece justo que por querer aprender alguien puede perder su derecho. Vos podés presentar la demanda con el mejor de los modelos, pero lo peligroso, hoy en día es, que los juzgados estan sobrepasados, y dictan, a veces, mal las sentencias... si estás aprendiendo, se te pueden pasar miles de cosas.
No es irónica, ni egoista la respuesta.
 #698392  por andrea1982
 
Por otra parte, tu pregunta no está mal, pero es demasiado genérica. Cómo actualizar una pensión? Qué pensión? Directa? Derivada? Bajo qué ley se jubiló en caso de ser derivada? Bajo qué ley se pensionó? Tenía aportes autonomos? En relación? Mixtos? Por cuál caja se jubiló?
Porque si querés saber cómo y que fallos, tenés que tener en cuenta, por lo menos 4 leyes, más leyes provinciales y municipales. De ahi, muchisimos fallos. Resoluciones y decretos que actualizaron los haberes, ley de movilidad, etc.
 #698469  por danigross1
 
OK, GRACIAS, LA PENSION ES DERIVADA Y LOS APORTES SON EN RELACION, LA LEY NOSE POR ESO PUSE EL AÑO EN QUE SE JUBILO.-
 #698471  por MARIO1943
 
danigross1 escribió:OK, GRACIAS, LA PENSION ES DERIVADA Y LOS APORTES SON EN RELACION, LA LEY NOSE POR ESO PUSE EL AÑO EN QUE SE JUBILO.-
TENES QUE DECIR, SI LA PENSION ES OTORGADA POR IPS O ANSES, A PARTIR DE AHI SE TE PUEDE ORIENTAR
 #698475  por andrea1982
 
Con todo respeto, pero es tu cliente, no nuestro, si vos no sabés por cual ley se jubiló, nosotros menos :roll:
El año, puede dar una pauta demasiado genérica. No tomaste vista del expediente? No le pediste un recibo para ver por cuál caja (ANSeS, provincial, municipio, caja profesional) estaba cobrando?
 #699386  por danigross1
 
LA PENSION ES OTORGADA POR ANSES, MI PREGUNTA ERA SABER SI UNA PENSION ES SUSCEPTIBLE DE REAJUSTE, Y POR LO QUE VI, LA RESP ES SI, AHORA QUISIERA SABER CUALES SON LOS PASOS A SEGUIR, RECUERDEN QUE ES UNA PENSION DERIVADA, TENGO HACER EL REAJUSTE DE LA JUBILACION PRIMERO? SOLO QUIERO UNA ORIENTACION, POR FAVOR.-
 #699388  por andrea1982
 
Danigross1, con todo respeto, vuelvo a insistir con lo mismo, no es cuestión de decirte cuales son los pasos. Yo podría decirte, te hago el cálculo con bluecorp, te mando el modelo de demanda, y te cobro. Pero me parece que hay varias cosas que te van a quedar colgadas. Por ahi, no sé si te conviene, podés buscar algun abogado previsional de tu zona que te guía, o con quien compartas el caso. Si bien el juicio es un juicio ordinario... tiene sus particularidades propias de la materia.
Te puedo asegurar que he visto sentencias mal hechas, muy mal hechas, y tambien demandas mal planteadas.
Por favor! como colegas, acordate que está en juego la pensión de esta persona!!!!
Lo juicios siempre se ganan, es dificil perder un juicio de reajuste, pero podés provocar que esta persona obtenga una sentencia que no le sea conveniente, y recaiga la cosa juzgada, vedandole cualquier posibilidad de un nuevo reclamo, según otros índices o parámetros.
Lo que podés ir haciendo, mientras obtenes mal información, es el reclamo administrativo, tené en cuenta el informalismo a favor del administrado, o sea, a lo criollo, la tolerancia ante algunos errores según el reclamo sea hecho por el administrado o un abogado en su representación.
Por el momento, yo te recomendaría leer varios fallos, partiendo de Sanchez y Badaro, hacia adelante.

Saludos!
 #699734  por danigross1
 
OK, GRACIAS, AHORA TENGO OTRA PREGUNTA, A MI CLIENTE LE DIJERON QUE SE PRESENTE A LA ANSES CON UNA PLANILLA DE SUELDO ACTUALIZA DE LO QUE LE CORRESPONDERIA A SU EX CONYUGE (FALLECIDO) HOY, PARA QUE LE ACTUALICEN LA PENSION, CON EL CASO BADARO, LE DIJERON QUE NO ERA NECESARIO QUE SE HAGA REPRESENTAR POR UN ABOGADO, QUE PRESNTE ESE DOCUMENTO Y LE IBAN A ACTUALIZAR, ES ASI? O LE INFORMARON MAL, TIENE TURNO PARA DENTRO DE DIEZ DIAS.