Buenas colegas...trataré de ser breve...( y si puedo...claro ):
ESTO ES EN EL TRIB FLIA Nº 2 QUILMES
Voy por el alimentante. Acordamos en la audiencia del 636 entre otras cosas lo sig.: "Acuerdan que el empleador del accionado efectúe la retención directa de la cuota alimentaria, y la deposite en una cuenta abierta a nombre de autos."
En el primer proveído se resuelven muchas cosas, pero en ningún momento se autoriza el libramiento de los oficios...solo dice que se resuelve: "Homologar el convenio en los términos y condiciones que allí se determinan" Tengo que solicitar el libramiento???? o en estos casos no hace falta porque lo firma el secretario (o juez)??? lo hago y lo presénto no más...??? que tengo que hacer???
Lei muchos post pero noté que hay posiciones encontradas y muchas dudas...si alguien puede explicar como se tramita dicha apertura sería buenísimo para todos los que lean este post.
ESTO ES EN EL TRIB FLIA Nº 2 QUILMES
Voy por el alimentante. Acordamos en la audiencia del 636 entre otras cosas lo sig.: "Acuerdan que el empleador del accionado efectúe la retención directa de la cuota alimentaria, y la deposite en una cuenta abierta a nombre de autos."
En el primer proveído se resuelven muchas cosas, pero en ningún momento se autoriza el libramiento de los oficios...solo dice que se resuelve: "Homologar el convenio en los términos y condiciones que allí se determinan" Tengo que solicitar el libramiento???? o en estos casos no hace falta porque lo firma el secretario (o juez)??? lo hago y lo presénto no más...??? que tengo que hacer???
Lei muchos post pero noté que hay posiciones encontradas y muchas dudas...si alguien puede explicar como se tramita dicha apertura sería buenísimo para todos los que lean este post.