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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #697074  por saguil
 
Estimados foristas, queria plantearles la siguiente duda. Tengo un cliente con 63 años de edad recien cumplidos, que tiene muy poquitos aportes, y de esos poquitos la mayoria en la construcción.
El otro día tomé un turno de consulta en ANSES, para que me dijeran si ya estaba para jubilarse con esos aportes que tenía en la construcción.

Me dijeron que con los ultimos 14 meses trabajados , que van desde el año 2005 a 2009 ( solo 14 meses), la edad requerida es de 57 años y los servicios que se necesitan son 25 años. Esos 14 meses le sumaban 4 años ¿puede ser, o se habrán equivocado?. Es decir que todo lo demas se lo podria completar con moratoria.

Tiene mas aportes del 94 para atras pero algunos son en la construccion ( pero perdió la libreta de la construcción)y otros no. Espero sus opiniones. Saludos.
 #697110  por hugo2
 
saguil escribió:Estimados foristas, queria plantearles la siguiente duda. Tengo un cliente con 63 años de edad recien cumplidos, que tiene muy poquitos aportes, y de esos poquitos la mayoria en la construcción.
El otro día tomé un turno de consulta en ANSES, para que me dijeran si ya estaba para jubilarse con esos aportes que tenía en la construcción.

Me dijeron que con los ultimos 14 meses trabajados , que van desde el año 2005 a 2009 ( solo 14 meses), la edad requerida es de 57 años y los servicios que se necesitan son 25 años. Esos 14 meses le sumaban 4 años ¿puede ser, o se habrán equivocado?. Es decir que todo lo demas se lo podria completar con moratoria.

Tiene mas aportes del 94 para atras pero algunos son en la construccion ( pero perdió la libreta de la construcción)y otros no. Espero sus opiniones. Saludos.
Lee la normativa sobre el regimen de la construccion y saca tus propias conclusiones.
 #697426  por anwalt
 
si, se puede, prorrateale los 2 regimenes y te va a dar cuanto le tenes q comprar de atónomos.
 #698309  por marisilvera
 
Hola tengo un Cliente con 58 años con bastantes aportes al regimen de la construccion pero todos anteriores a 1986 (acreditados con libreta). Ademas tiene unos meses de 9/1999 a 5/2000. Es factible jubilarlo por el regimen de la contruccion.??? hay alguna posibilidad que me aconsejan.? Gracias!!
 #698329  por hugo2
 
marisilvera escribió:Hola tengo un Cliente con 58 años con bastantes aportes al regimen de la construccion pero todos anteriores a 1986 (acreditados con libreta). Ademas tiene unos meses de 9/1999 a 5/2000. Es factible jubilarlo por el regimen de la contruccion.??? hay alguna posibilidad que me aconsejan.? Gracias!!
Saca las cuentas y si te da se puede.
 #698873  por marisilvera
 
hola, en realidad no tiene los años suficientes y los aportes que tiene si bien son bastantes son anteriores a 1986. Mi pregunta es si en esas condiciones se puede ingresar en el regimen de la construccion. Tengo el turno el 14 para en reconocimiento de servicios y ver en total cuantos años tiene pero no le alcanzarian, tendria que comprar en moratoria ? Tiene que esperar a tener los 65 años o puede ahora jubilarse. Gracias.-
 #698881  por FLORCITA73
 
marisilvera escribió:hola, en realidad no tiene los años suficientes y los aportes que tiene si bien son bastantes son anteriores a 1986. ESTOS SON DE LA CONSTRUCCION Y LOS TENES QUE UTILIZAR PARA PRORRATEAR.
Mi pregunta es si en esas condiciones se puede ingresar en el regimen de la construccion. POR SUPUESTO QUE SE PUEDE PERO DESPUES DE DETERMINAR MEDIANTE PRORRATEO FECHA DE PRESENTACION Y CUANTOS MAS DE COMUNES SON NECESARIOS
Tengo el turno el 14 para en reconocimiento de servicios y ver en total cuantos años tiene pero no le alcanzarian, tendria que comprar en moratoria ? TENES LIBRETA DE LA CONSTRUCCION U OTRAS PRUEBAS ? NO PODES LLEGAR A CALCULAR VOS ? Tiene que esperar a tener los 65 años o puede ahora jubilarse. LOS APORTES DE LA CONSTRUCCION, COMO TODOS LOS INSALUBRES SIRVEN PARA BAJAR LA EDAD JUBILATORIA, POR ESO DEPENDE DE LA CANTIDAD QUE SEAN PARA SABER CUANTO TIEMPO LE BAJA LA EDAD DE PRESENTACION. Gracias.-
Tené en cuenta que un reconocimiento demora tanto como un tràmite. Depende de la edad que tenga el Sr.
A veces conviene mas presentar directamente un tràmite, ya que demora tanto como un reco. y en caso negativo sirve como reconocimiento de servicios.

saludos

Flor