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  • Como despedir un trabajador en negro

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #69895  por nicoluzzi
 
Estimados colegas:

Me consulta un cliente que tiene un empleado en negro en su comercio y no le rinde y no esta conforme con él por lo cual lo quiere despedir.

Conozco lo que ello implica, pero quería saber si existe alguna forma de despedirlo, indemnizarlo como corresponde pero evitar recibir posteriormente un reclamo judicial.

Un saludo a todos!

 #69939  por Mariel-70
 
Pueden presentar un acuerdo espontáneo en el Seclo, pero por supuesto, necesita la anuencia del trabajador y negociar previamente la indemnización. Una vez firmado, homologado y cumplido el acuerdo, no son admisibles reclamos derivados de esa relación laboral.

 #69950  por Sailaw
 
Si, el Seclo es la solución, o bien el convenio y pago en la Secretaría de Trabajo en Pcia.

En la veces que me tocó actuar en casos semejantes, le mandé el telegrama de despido antes que pudiera reclamar por ley de empleo, y luego arregle por pago espontaneo en el Seclo, pagando la indemnización de LCT.

 #69965  por nicoluzzi
 
Mariel y Sailaw:

Muchísimas gracias, es lo que quería saber.

Les envío un saludo y buen fin de semana!

Nicolás

 #69984  por PAIDEIA
 
Yo no me animaría a enviarle un telegrama porque estaría reconociendo la relación laboral, y si bien limito su posibilidad de reclamar por LNE no evito que lo haga por la 25323.
Yo vería que posibilidad hay de llegar a un acuerdo en el Seclo o en el Ministerio si es Pcia.

 #70006  por Sailaw
 
Padeia, claro que reconoces la relación laboral, lo que estas evitando es que se derive para ley de empleo.

Si el empleado te avanza, y manda antes el telegrama intimando la regularización, el tema te saldría carisimo, y no solo eso, si existe posibilidad de arreglo, la base del mismo, sería mucho más elevada.

Un trabajo en negro, se prueba facil, eso lo sabemos muy bien, mandando el despido, reducimos las indemnizaciones a la LCT.

 #70042  por barney
 
Sailaw escribió:Padeia, claro que reconoces la relación laboral, lo que estas evitando es que se derive para ley de empleo.

Si el empleado te avanza, y manda antes el telegrama intimando la regularización, el tema te saldría carisimo, y no solo eso, si existe posibilidad de arreglo, la base del mismo, sería mucho más elevada.

Un trabajo en negro, se prueba facil, eso lo sabemos muy bien, mandando el despido, reducimos las indemnizaciones a la LCT.
El problema es en pcia que la secretaria de trabajo no homologa trabajo en negro sino que lo registra como acuerdo de parte, lo que les permite a los trabajadores tomarlo como a cuenta de pago y reclamar en sede judicial la diferencia

 #70050  por Sailaw
 
En Capital, no (al menos no me pasó)

 #70051  por Sailaw
 
Pero en una audiencia espontanea, no es necesario aclarar si el trabajo está o no registrado, (a menos que haya cambiado desde mi último caso)

 #70052  por Sailaw
 
Me entró la duda, porque mi último caso fué de un trabajo parcialmente registrado (estaba en media jornada, y con la fecha de ingreso posterior a la verdadera), eso conviene averiguarlo entonces.

 #70055  por Sailaw
 
Pero si fuera necesario registrarlo, y pagar las multas, siempre sale mas barato que pagar ley de empleo y aparte la registración y las multas.

 #70327  por PAIDEIA
 
En el Seclo tuve hace un poco un caso de acuerdo espontáneo donde la relación no estaba registrada, en el convenio no se aclaró ese punto y lo homologaron.
En Pcia. el Ministerio si no está resgistrado no lo homologan, yo una vez lo que hice fue presentar el acuerdo directamente en sede judicial solicitando la homologación;
 #1148246  por Zamba1
 
Si está en negro no podes enviarle CD porque estarías reconociendo la relación laboral.
Lo ideal sería llegar a un acuerdo en SECLO para quienes estén en CABA o ver cómo actúa el Ministerio de trabajo en cada provincia (esto varía muchísimo en cada lugar así que no se basen en resoluciones de CABA).
Por ejemplo existen Ministerios que no homologan o no dan fuerza de tal, por lo tanto tenes que iniciar demanda por el trabajador y renunciar a la acción y el derecho (arreglando por fuera), es insólito pero así funciona en Entre Ríos.
Corrientes es otro tema ya que los Ministerios homologan, para lo cual deben acercar una propuesta etc.
Ahora estoy atendiendo un caso de trabajo en negro (3 meses) y lo quieren despedir.
Si tenés el aval del trabajador podés hacer es que firme y reconozca tareas realizadas (categoría) y período trabajado y certificar ente escribano. También que envíe telegrama renunciando. Está claro que no se pueden renunciar derechos del trabajador pero al menos estas construyendo prueba.
Si no tenes el aval del trabajador, despido oral y esperar novedades...
Saludos
 #1148272  por flux
 
La mas segura seria hacer el intercambio telegrafico por regularizacion y despido indirecto ante la negativa del vinculo y despues llevarlo a homologar en seclo o tribunal de trabajo segun corresponda